Hola, soy nuevo en este foro y a pesar de ser un profesional, no lo soy de la abogacía, sino que soy economista especializado en derecho fiscal por lo que os pido disculpas de antemano por posibles indefiniciones o meteduras de pata. En fin os relato de la forma más concisa lo que me ocurre: A finales de 2004 y con la escusa de que la Declaración de la Renta le salía a pagar, un compañero (con el que nunca me llevé nada bien) me pregunta qué puede hacer para pagar menos. Le comento el tema de la deducción por vivienda habitual, planes de pensiones... y entre otros les menciono las aportaciones a asociaciones benéficas. A los pocos días me viene con el cuento de que quiere aportar algo antes de que termine el año y que como lo puede hacer. Mi respuesta es que lo más fácil era mirar en internet. Total que me cuenta la historia de que no tiene internet en casa y que a ver si podía hacer la aportación con él, faciltándome sus datos y una cuenta corriente. El día 11/11/2004 desde mi casa procedo a inscribirle en Unicef y Amnistía Internacional, según sus indicaciones. Desde ese momento, hasta febreo de 2005, mi vida en la empresa fue un infierno sufriendo falsas acusaciones, chivateos, etc hasta que al final me despiden reconociendo la improcedencia del despido en la misma Carta de Despido. 31/05/2005 recibo en mi casa una cédula de citación para un juicio de faltas por vejaciones al que acudo y él no. Se archiva. El 20/09/06 recibe mi esposa inicio de procedimiento sancionador de la Agencia Española de Protección de Datos por infracción grave, en la que se la acusa de hacer sin autorización las incripciones anteriormente mencionadas sin autorización, ya que nuestro teléfono estaba a su nombre. Tras la suspensión del procedimiento el 14/11/2006 por haber efectuado el "individuo" denuncias en Torrejón de Ardoz y Madrid (cosa que supimos por la AEPD). Como las primeras derivaron en el juicio al que no se presentó y que os he comentado y las segunda fueron archivadas, el porcedimiento sancionador termina con su archivo el 22/05/2007 ya que entrego escrito en el que afirmo haber hecho yo las inscripciones con su aprobación y habiéndome facilitado él los datos. El 26/05/2009 vuelve a recibir mi esposa citación como imputada en procedimiento abreviado por estafa y falsedad documental por denuncia del ya mencionado individuo que únicamente se sustenta en la notificación de la AEPD de suspensión del procedimiento sancionador en la que se menciona que el nº desde el que se hacen las inscripciones está a su nombre. El 10/09/2009 declara mi esposa en los juzgados y entrega resolución de archivo del procedimiento sancionador en el que se basa la denuncia. Hoy 04/06/2010 la llaman por teléfono desde los juzgados de Torrejón diciéndole que la juez ha decidido transformar el procedimiento abreviado en juicio de faltas y que debe presentarse en los juzgados de esta ciudad el 10/06/2010, asimismo le preguntan si su dirección es la que dijo en este ultimo procedimiento y si allí resido yo. Asustada de todo este jaleo (que comenzó por hacer un favor a un sinvergüenza que al final terminó devolviendo los recibos de inscripción por un impote de 60 y 150 €.) colgó. Mis preguntas son las siguiente: ¿Puede considerarse delito de estafa y falsedad el tema del se acusa a mi mujer cuando su importe no llega a 400 € y no hay lucro por parte del inculpado?. Si el procedimiento abreviado ha terminado en juicio de faltas ¿No estaría prescrito?, ya que desde la comisión del mismo hasta la primera actuación dirigida contra mi mujer han transcurrido muchos más de 6 meses. Si ha quedado demostrado que mi mujer ni conoce a este individuo, ni ha hecho nada de lo que se le acusa ¿por qué razones siguen con todo este lío?. ¿Podrían ahora empezar la misma historia conmigo a pesar de haber pasado más de 5 años desde la comisión de lo que dicen ahora que es falta sin dirigir ninguna actuación contra mí? ¿Podríamos iniciar acciones penales contra este desalmado por denuncias falsas o acumulación de denuncias?. Agradecería vuestros consejos y comentarios, esto es un sinvivir desde hace casi 6 años. Gracias