a la primera pregunta como todas y sino te la descontarán de la cuenta corriente cuando acaben los trámites.
A la segunda el decreto 204/1999 de 27 de julio de la generalitat de cataluña en su artículo 5.b, permite estacionar en las zonas azules sin comprovante y por tiempo indefinido. No se de que comunidad autónoma eres y tampoco se si en otras esta regulado este tema, espero que te haya podido ayudar abrazos