En Barcelona-ciudad la Grúa Municipal, grandes recaudadores del insigne e inútil alcalde Clos, sí que realizan foto. A veces, no siempre, les acompaña un municipal, pero otras son ellos solos los que sin ser nadie se llevan, perdón¡, secuestran la propiedad del ciudadano y tras el pago del impuesto revolucionario, lo retornan. Muchas veces con algún bollo que otro, pues no es que sean muy cuidadosos.
Aquí, salvo que alguien haya constatado otra cosa, las multas impuestas por los vigilantes de la ORA, si no se pagan al momento en la propia maquinita, Hacienda Municipal no las envía a los denunciados ya que, con sólo recurrirlas son ganadas al considerarlas impuestas por un ciudadano más, no agente de la autoridad.
Bastante "escriben" ya los municipales, que se dedican básicamente a eso, a recaudar para su jefe. Y encima reclaman más personal, cuando si trabajaran de verdad hasta sobrarían. Lo cierto es que sí necesitan rejuvenecer la plantilla porque el 90% son puro caimán trasnochado e ignorante. De ahí, que su arma preferida sea el bolígrafo y el talonario.
Espero que nunca hagan agentes a meros trabajadores de una empresa privada, y si se les ocurre hacer tal barbaridad al menos les exigan algo más de base cultural. Por ejemplo, para ingresar en la Guardia Urbana y Mossos, con sueldos recién salidos de la academia que superan con creces las 200.000 pts. siguen mal-pidiendo sólo la ESO (antigua EGB) y 9 meses de casi nula formación (hay más historia de Catalunya y Lengua que derecho penal), lo cual es comparativamente denigrante con otros cuerpos de funcionarios muchos más formados.
Hola David1122, pensaba que estaba muerto este tema y se ha rehabierto en dos frentes.
Saqué del fondo aranzadi bastantes recursos del contencioso-administrativo y lo que pasa en este pais la administración barre para ella, lo que no entenderé es como no se defiende la lengua española en los juzgados.
Las denuncias de zona azul, ORA ... se basan en que son voluntarias y con que uno se meta en el diccionario de la Real Academia Española de la Lengua las definiciones de voluntario no dejan ningún margen para defender dichas denuncias y en el caso mío aún menos el denunciar y trasladar al depósito municipal dicho vehículo sin que agente de la autoridad alguno haya autorizado el arrastre.
Todos los recursos del contencioso se pierden entre, desde mi punto de vista, en una mala defensa del tema y que los jueces del contencioso dan por buena la simple ratificación del denunciante sin mas prueba que su palabra, no dan ningún valor a lo que establece la norma para denuncias voluntarias.
Yo conseguí una sentencia del supremo en la que para rematar el tema admite la falta de autoridad de los trabajadores de zona azul, y para que estas denuncias tengan mas fuerza propone que estos hagan fotografias para demostrar que los vehículos o no tenian comprobante o se habían pasado del tiempo pagado.
De momento donde he visto trabajar a los de zona azul ninguno lleva cámara, entre otras cosas pienso yo que serría muy dificil establecer que la fotografia del interior de un vehículos pertenece al exterior de otro y aquí si que podrian ganarse recursos, salvo mejor opinión.
Si te interesa la sentencia ya te la buscaré.
saludos
Wort que yo tenga constancia solo lo ha hecho Madrid (agentes de movilidad), pero lo que hizo fué crear un nuevo cuerpo de funcionarios los de la zona azul siguen trabajando de la misma forma que lo hacen no han sido integrados en ese cuerpo.
En el resto de españa no tengo constancia del cambio, en lo que respecta a la comunidad de Cataluña esta tiene las competencias sobre seguridad y segun tengo entendido tendría que reformar la ley de policias locales para poder crear dicha figura. Sobre los grueros que retiran los vehículos mal estacionados con denuncias realizadas por ellos, en la comunidad de Cataluña se a ciencia cierta que existen tres municipios que realizan esta práctica.
Wort, me gustaría intercambiar información con tigo pero fuera del foro dime como lo podemos hacer. Saludos Toni
La modificación de la que hablais viene el la Ley de Modernización para el Gobierno Local, donde se incluye esta figura de "medio policía", con carácter de agente de la autoridad. Sólo se podrán acoger a ella los grandes municipios (la Ley dice que municipios pueden ser grandes) no afecta a todos. Esta figura se ha pensado para "oficialmente" gestionar adecuadamente el tráfico, la realidad es para no tener que crear puestos de policía local que son más caros y además deben pasar un periodo de academia, claro que para recorrir este camino no hacen falta estas alforjas, bastaba con crear auxiliares de policía y ya está.
Referente a la zona azul, los controladores de la misma no son ni de lejos agentes de la autoridad, son trabajadores de una empresa privada, la titular de la concesión y desde luego no pueden encargarse de la gestión de una empresa privada funcionarios sean agentes o no. Otra cosa es que cuando un controlador observe que un vehículo se ha pasado de la hora, llame a uno de estos nuevos funcionarios para que sea él quien extienda la denuncia y no el controlador y de esa manera conseguir la presunción de veracidad del agente de la autoridad ,frente a la negación del denunciado. Este sistema que algun ingeniero se ha inventado funciona y las denuncias van hasta el final. En los demás municipios tendrá que ser un policía local el que extienda la denuncia si quieren llegar hasta el final, si no es así, esas denuncias son denuncias voluntarias que podrán ser facilmente atacables. saludos
Es que esa reforma de diciembre de 2003 es precisamente la que están aplicando los municipos, me constan (de lo grandes municipios) que casi todos lo han puesto ya, de los pequeños ya no lo sé a ciencia cierta, conozco bastante que lo han hecho, pero desconozco qué tanto por ciento representa.
Siento decirte Tony, que eso no alcanza a los grueros, al menos en los municipios que conozco que lo han regulado
Por cierto, tu afirmación "los ayuntamientos estarían admitiendo explicitamente que lo que se ha hecho hasta ahora es ilegal" es correcta en tu planteamiento pero erronea en su conclusión "con los problemas económicos que podría suponer para sus arcas si los afectados reclamasen via judicial" dado que jurídicamente la gente ya sabe lo que había y por tanto tenía vías de impugnación en su momento, con lo que no se podría abrir de nuevo la vía judicial.
Que yo sepa no se ha cambiado nada siguen con el mismo procedimiento, para que se les otorgue la categoría de agentes de la autoridad han de pasar varias cosas:
1º.- Que apliquen la ley de fuerzas y cuerpos deseguridad, y en concreto su reforma parcial de diciembre de 2003.
2º.- Que comboquen una oposición o concurso-oposición para que puedan ser nombrados funcionarios que es la única forma actualmente de ser agente de la autoridad.
3º.- Si no optan por la oposición o concurso oposición, nombrarlos directamente funcionarios, con lo cual pasarán a depender del ayuntamiento directamente y no de una empresa creada por este,
este punto entiendo, salvo mejor opinión, sería ilegal
4º.- Si los ayuntamientos decidiesen hacer funcionarios a los trabajadores de la zona azul y aquellos que trabajan en grúas municipales que también denuncian, los ayuntamientos estarían admitiendo explicitamente que lo que se ha hecho hasta ahora es ilegal con los problemas económicos que podría suponer para sus arcas si los afectados reclamasen via judicial.
En fin que salvo mas información, querido/a Wort lo veo dificil que esto suceda.
totalmente de acurdo con Rony (otra vez) el no recoger las multas...malo, pero ya destruirlas!!! xDDD
procedimiento: dos notificaciones a tu domicilio, si es ausente, al boletin oficial de la provincia y despues al tablon de anuncios del ayuntamiento en concreto. (ojo con las notificaciones pork han de ser en dentro de los tres dias siguientes, la 1ª de la 2ª, entiendem...y a una hora diferente..importante).
Si no recurres (por ejemplo...pork destruyes las notificaciones..xDD)es firme y consentida, se te cierra la via administrativa y el ayuntamiento se olvida y pasa a HACIENDA..ella se encarga de cobrartela.--prov de apremio...diligencia de embargo...embargo...PPio de ejecutividad de sus propios actos.
en cuanto a la forma del recurso...ANTIFORMALISMO TOTAL, no hace falta nada para recurrir en via administrativa (lo tipico si, a quien va dirigida y todos tus datos y luego0..alegaciones)
Cuidado que han cambiado el tema de los controladores a finales de año y ahora los municipios regulan el tema y no tienen el tratamiento de meros particulares, sino de agentes de la autoridad y por tanto el recfurso de Luis75 no valdría
Haces mal en no recoger las notificaciones de las multas porque no podrás defenderte, además no sirve para nada ya que lo publicarán en el BOP y Santaspascuas.
Muchísimas gracias, haré el recurso y lo enviaré. Lo único que me han mandado a casa el aviso de llegada de la multa y, además de no haber ido a recogerla, los he destruído con lo que no tengo los números de denuncia. ¿Podría pedir que me los reenvíen o ir a por ellos?. Muchas gracias de nuevo.
Hola Roberto, por lo que yo sé, las multas te las tendrán que notificar a tu domicilio y en dicha notificación te detallará la tramitación pertinente. Si la multa lleva sólo la denuncia voluntaria del controlador no tendrás que pagarla, distinto caso sería si estuviese firmado por un agente de la autoridad. Si quieres un modelo de recurso te puedo dar éste:
Sr.
ILMO. SR.:
Don, con D:N:I: nº con el debido respeto
E X P O N E:
1.- Que he recibido notificación de denuncia cuyo número de referencia es .
2.- Que no estando conforme con dicha denuncia, formulo el presente ESCRITO DE DESCARGOS (RECURSO ORDINARIO, DE ALZADA, DE REPOSICIÓN) el cual fundamento en las siguientes:
ALEGACIONES:
Que he recibido notificación de denuncia contra mi vehículo por estacionar, sin el distintivo que lo autoriza en lugar habilitado para el estacionamiento con limitación horaria, siendo estos hechos falsos, ya que se encontraba encima del salpicadero de mi vehículo el correspondiente boletín de estacionamiento regulado.
En el mismo texto de notificación de denuncia se informa que el denunciante es miembro del servicio de estacionamiento regulado, careciendo conforme lo previsto en el Real Decreto Sancionador 320 11994 del 25/2 en su articulo l4 ...." del carácter de Agente de la Autoridad. . . .. 11, tratándose de una denuncia de carácter voluntario.
Que según sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 1998: "la simple ratificación de la denuncia por parte del controlador no puede considerarse como elemento de prueba determinante de la comisión de la infracción que se le pretende imputar"
Que posteriores sentencias del Tribunal Supremo, de los Tribunales Superiores de Justicia de Valencia y del Tribunal Superior de Justicia de Madrid han dictando sentencias confirmando la falta de "presunción de veracidad" de los citados controladores.
Por todo lo cual
SOLICITA :
1. Se produzca la apertura del periodo de prueba, contemplado en el articulo 13 de citado Real Decreto, aportándose las pertinentes pruebas por parte del denunciante, que rompa la presunción de inocencia recogida en la Constitución y en la Ley 30/92, solicitando que se me informe en que horas y fechas se ha efectuado la denuncia según recoge la Ley 30 /92, ya que por mi parte, puedo aportar pruebas testificadas que en el momento y hora indicada mi vehículo se encontraba en otro lugar, pruebas que podría aportar al Instructor del expediente, si se produjera la apertura del periodo de prueba solicitada por el que suscribe.
2. Homologación del parquímetro o del reloj de pulsera del controlador por el Centro Español de Metrología.
3. No se ha hecho constar en la denuncia la identidad del denunciante, así como su domicilio, tal y como establece el artículo 5 de REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTO SANCIONADOR, aprobado por Real Decreto 320/1994 de 25 de febrero, siendo únicamente sustituibles por el número de identificación en el caso de los Agentes de la Autoridad.
4. También solicito copia de la denuncia original.
En , a .
Hola a todos.
Tengo una consulta.
Para ir a mi trabajo tengo que hacerlo en mi coche particular, pero en la zona donde está situado no hay ni un sólo lugar para aparcamiento libre, todo es o línea azul o verde. La cuestión es que como sabrán, sólo se puede pagar hasta dos horas, no más y yo, como no puedo ausentarme cada dos horas para pagar otro ticket tengo una serie de multas acumuladas. Pregunta:
¿cuál es el trámite que siguen éstas antes de llegar a mi cuenta como embargo (si es que llegan)?
en caso de que me lleguen ¿qué puedo alegar al respecto para alargar o eludir el tema?. Muchas gracias. Si, además, me pudieran hacer un ejemplo de recurso se lo
agradecería miles pero si no, con que me respondan a las cuestiones les estoy gravemente agradecido.