He recibdo media docena de oficios informando que al quedar extinguida la responsabilidad penal, etc por fallecimiento, las responsabilidades de las multas, indemnizaciones, etc, las tengo que reclamar ahora a sus herederos por lo civil... La pregunta es? Y si rechazan la herencia? O las deudas penales no se pueden esquivar? Y si se declaran insolventes?
Si rechazan la herencia puedes ir en contra de la herencia yacente que harías tuya sin mayor dificultad; lo que no podrías es ir contra el patrimonio personal de los herederos.
Respecto a las multas, que son responsabilidad penal y no civil, careces de legitimación; por lo que deberá ser el juzgado que conozca de la ejecución quien se preocupe por ellas.