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multa

1 Comentarios
 
06/10/2012 23:10
 La realización de obras sin autorización o licencia u orden de ejecución, o incumpliendo las determinaciones que impongan éstas, cuando no fuere legalizable, es una infracción urbanística tipificada grave.

Para el caso de nuestra comunidad autónoma (Aragón ):

Constituye una  infracción grave el exceso de edificación sobre la edificabilidad permitida por el plan, tanto en superficie como en volumen, llegando a sancionarse con multas de hasta 60.000 Euros.
 
 Si el exceso de edificabilidad superase el 15% de la permitida, estaríamos ante  una infracción muy grave, en cuyo supuesto la multa sería de hasta  300.000 Euros.

Habría  que estar, por otro lado, al momento de realización de esa obra, ya que podría haber prescrito, si bien la prueba de la carga corresponde al infractor. 

El  plazo de prescripción de las infracciones urbanísticas se encuentra regulado en la ley urbanística de la CCAA.

Cual es la suya..?

Edilocalabogados@gmail.com
Multa
30/09/2012 16:11
vivo en una comunidad de casas adosadas de dos plantas y una azotea,desde hace muchos años el ayuntamiento a permitido hacer una habitacion en dicha azotea sin licencias pues cada vez que se pedia decian que no se puede dar,pero hacian la vista gorda y la el 90% de los propietarios en su mayoria suecos las tienen hecha,yo hice lo mismo igual que a la vez tambien lo hacia mi vecino de puerta,con mayor volumen de edificacion y cual es mi sorpresa que me an puesto una multa y quieren que derribe una obra ya terminada,por lo visto la obra de mi vecino que duro seis meses junto a la mia era invicible pues no a recibido nada y yo soy el unico de 300 vivienda que quieren hace r pagar,ademas estamos en tramite del peri de regularizar todo lo hecho pero no me lo quieren tener en cuenta,quieren hacerme pagar por todos,¿QUE PUEDO HACER?AYUDA POR FAVOR.