tuve un pequeño incidente con el coche y me hicieron la prueba de alcoholemia que dio positivo 0,5. Me llegó la multa administrativa y la pagué . Y además, parece ser que habrá un juicio penal por alcoholemia en la que me piden multa y retirada de carnet por 2 años. Qué pasa con la multa que pagué, deberán devolverme el dinero? Puede haber juicio si ya me multó la policía?
Si sales culpable(que es lo más seguro) te descontaran de la pena lo que ya has pagado.
Enformate en el colegio de abogados de la provincia si ya le han asignado el caso a algún abogado de oficio(si no tienes ingresos altos te saldrá gratis si no prepara unos 900 euros).
El te informará para ir a juicio o pactar con el fiscal y tal vez puedas coger la pena mínima(1 año de retirada) y que te den la reducción de 1/3 a la que tendrias derecho si hubiera sido juicio rápido.
Con lo que si ya te han retirado el carnet algún tiempo también se descontará y la cosa no te resultaría tan grave.
AL existir un resolución administrativa firme no te pueden condenar en via penal por el mismo hecho, pues te estarían condenando dos veces por lo mismo.
Alega esto en el juicio y trata que la sanción sea administrativa y no penal.
No comparto tu opinión, bueno en realidad si porque pienso igual que tu, pero mucho me temo que la posibilidad de condenar exista aunque ya haya sido sancionado en vía administrativa.
Tampoco comparto, necesariamente, la opinión de Fran70. No sabemos las circunstancis del caso, tan solo sabema¡os la impreganción alcololica, la cual no es excesiva para que forzosamente le condenen.
JMP llevas razón no sabemos las circustancias del caso, me he dejado llevar ya que si ha pagado la
multa un poco reconoce que si que ha bebido y el incidente he supuesto pues que sería un accidente y que tendría síntomas con lo que conforme están las cosas condena segura.
Pero reconozco que es mucho suponer, M.Angel habla con tu abogado y tal vez puedas demostrar
que aunque habías bebido no te ha influenciado en la conducción que es por lo que se te va a juzgar.
No se puede aplicar el princio "non bis in idem", en tanto en cuanto la sanción administrativa se limita a sancionar el hecho de conducir con una determinada tasa superior a la permitida, mientras en el ámbito penal lo que se juzga es un delito contra la seguridad del tráfico (comunmente llamado de alcoholemia), es decir, que esa ingesta de alcohol, haya podido influir en la conducción, y por ende, en un accidente, y haya sido la causa del mismo.
Por ello, solo quedarían dos aspectos a valorar, si la responsabilidad del accidente es atribuible a quien fue denunciado, lo cual llevaría, me atrevo a pronosticar que una condena, y en ese caso, lo más fácil, es llegar a una conformidad y poder beneficiarse tanto de una reducción ostensible de la retirada del permiso de conducir (unos nueves meses), y la cuantía de la multa.
Pero la prudencia aconseja, que sea tu abogado que conoce el caso quien lo valore.
Sí, el "incidente" fue que choqué con un coche aparcado y como di positivo me hicieron declarar. Mi abogado dice que el tema está parado porque están "investigando" de quien es el coche aparcado y todo eso y por eso no se hizo juicio rápido.
Entonces el dinero que he pagado en vía administrativa no me lo devuelven?