En vía ejecutiva no he recibido ninguna notificación, me dicen en el Ayuntamiento que la última "recepción", fue el 3 de mayo de 2010, la contestación negativa al recurso presentado, pero después no se he recibido nada de nada, incluso estoy mirando por si publicaron algo en algún BOP, y no encuentro nada. Incluso en Gestión Tributaria me dicen que lo pasaron al cobro porque estaba ahí pendiente...8 años.
Pues hay que distinguir cosas; no habría caducado ni la sanción ni el plazo para imponer la multa antes de llegar al proceso ejecutivo. Este ya es otra cosa; la administración puede ir iniciando de nuevo el procedimiento para que no caduque si está dentro de plazo, cosa que no sé si habrán hecho. Pero si no hay ninguna acción desde la gestión tributaria desde 2010 yo entiendo que sí habría caducado ya, siempre que no lo han ido iniciando de nuevo desde entonces ni haya habido ninguna acción que haya interrumpido nuevamente el plazo. ¿Cuándo fue la última acción en la gestión tributaria, ya en vía ejecutiva?
Salvo mejor opinión, siempre.
He consultado el expediente y me dicen que la ultima notificación fue en mayo de 2010, (la multa fue en agosto de 2009) y tras no recibir respuesta por mi parte la pasaron a la vía ejecutiva (gestión tributaria), para cobrarla y ahí me han dicho que han intentado buscar mi nómina, y ahora la han "encontrado" tras ocho años, yo llevo en la empresa más de 20 años...¿Cual es el plazo de preescripción desde la última actuación?
Sí, las multas prescriben, pero es más complicado que eso. Podría haber sanción y no haber prescrito, haberse notificado por edictos, haber acciones que interrumpan el plazo de prescripción, o qué sé yo. Como interesado que eres puedes pedir siempre el acceso al expediente administrativo, y mirar a ver bien qué ha pasado, y si ha prescrito o no. Si es el caso podrías recurrir la diligencia de embargo, pero ten cuidado que también para esto hay un plazo.
He recibido hoy una notificación de embargo de mi sueldo, (junto con intereses y recargos), por una multa por mal aparcamiento, del años 2010, en una ciudad a 130 km de mi domicilio, Hablando con mi marido, creemos recordar que nos dejaron la multa en el cristal y no recordamos si hace 8 años nos la notificaron, igual sí, y tampoco recordamos si se recurrió. ¿pueden embargarme el sueldo por una multa de la Policía Local, por mal aparcamiento (en la multa ponen mi dirección como si fuera de ese pueblo)? y ¿las multas no prescriben?