Cherife, parecen buenos arguemntos para alegar en tu defensa "- La detención fue sin causa que la provocara.
- Tenía nula sintomatología etílica y mi comportamiento fue correcto en todo momento.
- El etilómetro no tenía la revisión periódica en regla.
- La curva de eliminación del alcohol no deja que, respetando el lapso de tiempo adecuado, los resultados sean iguales.
- Me dijeron que me libraba de ir al Juzgado por no llegar a 0'60 pero ahora sé que dejaron el resultado de 0'59, no por filantropía, sino porque en el Juzgado se habría destapado la ilegalidad en el uso de ese etilómetro."
Pero, ¿te has parado a pensar el interés que tienen los agentes en poner multas y meter a gente en la carcel?
El interés que puede tener el denunciado, no puede ser otro que librarse de la sanción, lo cual tampoco quiere decir que todo lo que diga es mentira por el mero hecho de querer defender, nada más lejos de mi intención.
Déjame decirte que respecto a lo del etilómetro homologado que no tenía su revisión periódica, me extraña mucho no, muchísimo. Cuando se tramita una denuncia de alcoholemia, se hace constar la fecha de la última calibración y el número de serie del aparato.
Que hay agentes mentirosos lo acabo yo de comprobar, así que lo de Cherife pues no me extraña. Falsificando enmascaran una negligencia, yo creo que esa es la razón, pero es muy difícil de demostrar. Y sería ante un juez y con abogado, por un montante muy superior a la multa, ¿no es así, sarapiki?
He visto mi expediente de la multa y la denuncia está con un "Negativa a firmar" falso, porque yo firmé la otra que me pusieron en ese mismo acto. Yo creo que se olvidaron de ponerla y escribieron el "Negativa a firmar" para que siguiera adelante.
Ellos lo negarán, ¿no? Ya he puesto un recurso de revisión, ¿se puede ampliar con esta información, sarapiki?
Tengo la memoria podrida, ahora recuerdo que me dijeron que había dado un vaivén y les contesté que fue un pequeño despiste al intentar llegar al botón para encender la radio.
Aquí podeis ver copia del ticket del etilómetro.
No era control preventivo, me detuvieron en marcha y me desviaron a una crta. secundaria. No recuerdo si era la patrulla correspondiente o la avisaron para que viniera porque me quedé dentro del coche haciendo crucigramas sin fijarme en sus maniobras porque no había bebido y estaba tranquilo.
En el ticket figuran dos mediciones con 14 minutos de diferencia y en las dos el resultado es el mismo y creo que por la "curva de eliminación de alcohol" eso es, si no imposible, sí bastante raro.
El etilómetro usado tiene 06/03/13 como fecha "VERI.PRI" y 05/03/14 como "VERI.PERI.".
No se puede manipular, de acuerdo, me pasé de "mal pensado" pero ese aparato NO tenía un funcionamiento correcto y fiable.
Es la primera vez que oigo que una denuncia de alcoholemia, y con resultados como los que tu dices que tuviste, sea falsa. No soy muy ducha en esos temas, pero me parece dificil falsear los resultados del etilometro de precision. Los agentes no pueden "dejarlo" en 0.59 o en 0.85, la medicion la hace el propio aparato, y es muy, pero que muy raro, que des esa tasa de alcohol en aire espirado si no habias tomado nada.
Tambien es muy raro que el etilometro no haya pasado la revision. Es posible que los agentes no llevaran consigo copia de la ultima revision, pero casi seguro que en la jefatura correspondiente si la tienen, pues cuando los etilometros estan caducados, se retiran de la circulacion hasta que pasan el control.
Respecto al analisis de sangre, ya no hay obligacion por parte de los agentes de ofrecerlo, solo se hara a peticion del interesado (art 12.5 LSV, segun redaccion de la ultima modificacion efectuada por Ley 6/2014 de 7 abril
Por ultimo, no me creo que te pararan y sin mas te hicieran prueba de alcoholemia. O bien era un control preventivo, o bien cometiste alguna infraccion que les hizo pensar en la posibilidad de que condujeras bajo los efectos del alcohol. Las pruebas de alcoholemia no las realiza cualquier agente que esta patrullando las carreteras, tiene que ser el equipo especifico, por tanto, o estaban en control preventivo, o tuvieron que avisar a la patrulla correspondiente, y eso no lo hacen porque si
No me dijeron nada del análisis de sangre, sólo me dieron la hoja de derechos para firmar y si no la pedí es por mi política de callarme como un muerto delante de la GC y porque hubieran sido capaces de decirme que tenía que abonar el importe por adelantado por si salía positiva y no tengo un duro.
Me estoy planteando demandar judicialmente a los agentes por falsear pruebas y mañana me voy de "viacrucis" por los despachos de abogados de mi ciudad para consultar la posibilidad.
Lo de Cherife es muy fuerte, pero no es la primera vez que oiga que las fuerzas del orden falsean las pruebas, ya hay policías condenados y la noticia saltó a los medios.
Respecto a lo mío, voy a intentar un recurso de revisión a ver y también pediré que me enseñen el expediente.
No me los dieron a firmar y me los entregaron mezclados con los firmados.
No fuera a ser que los leyera como hice con los otros y viera las irregularidades que contenía y el que llamara al Juzgado yo.
Esta mañana he estado en la Jefatura y, efectivamente, no contestaron porque según ellos no habían recibido nada.
Envié los escritos de alegaciones pocos días después de las denuncias mediante certificado digital en la sede electrónica de la DGT y en ningún momento el proceso emitió error alguno aunque tampoco me permitió imprimir resguardo del trámite y ellos aseguran que si no lo tengo es porque algo he hecho mal. Le han echado la culpa desde a mi Pc hasta al Java pasando por decirme que entre en "depuración Java" y que busque no me acuerdo qué. ¿Ahora hay que ser ingeniero informático para enviar un escrito de alegaciones?
No soy ningún "hacker" pero tampoco soy un inútil informático y si mi C.Digital no me ha fallado con ningún Organismo no sé porqué ha fallado con la DGT.
Aunque me han dicho que me van a responder que está fuera de plazo me han admitido el escrito "en mano" y que cuando me llegue la notificación ejecutiva de la AEAT les alegue a ellos. Mañana vuelvo para presentar el de la otra denuncia.
Después de todo este jaleo me ha quedado claro que la primera denuncia, una alcoholemia positiva con resultado de 0'59 en la primera y 0'59 en la segunda, es falsa y que, de alguna forma, el/los agente/s la manipularon porque
- La detención fue sin causa que la provocara.
- Tenía nula sintomatología etílica y mi comportamiento fue correcto en todo momento.
- El etilómetro no tenía la revisión periódica en regla.
- La curva de eliminación del alcohol no deja que, respetando el lapso de tiempo adecuado, los resultados sean iguales.
- Me dijeron que me libraba de ir al Juzgado por no llegar a 0'60 pero ahora sé que dejaron el resultado de 0'59, no por filantropía, sino porque en el Juzgado se habría destapado la ilegalidad en el uso de ese etilómetro.
- NO HABÍA TOMADO NI GOTA DE ALCOHOL ya que con diabetes, hipertensión y con 3 fluoxetina 20 mg y 2 amitriptilina 75 mg al día por depresión si tomo alcohol para dar 0'59 caigo redondo al suelo con, seguramente, próxima parada en el cementerio antes de alcanzar el portal de mi casa.
Con todo, lo que más me duele no es el dinero ni los puntos. Es que me hayan tomado por tonto y que, además, se las dieran de salvavidas por no llevarme al Juzgado.
Sólo me queda esperar respuesta y reclamar.
P.D. Otro detalle, me dieron a firmar la "Información de derechos de la persona......" y el acta de inmovilización del vehículo las cuales firmé sin decir "esta boca es mía" pero en los tickets de las denuncias aparece "Negativa a firmar", ¿de verdad alguien puede creerse que me negara a firmar esos dos documentos habiendo firmado los otros?.
Para rematar el culebrón, a las 3 horas y media de la detención me dejaron marchar sin disponer del seguro obligatoria (putada del vendedor del coche que lo retiró sin decirme nada a los pocos días de la venta)
Por supuesto.
Y si vas al contencioso y lo ganas tambien te devuelven el dinero, y hasta puede que condenen a la administracion en costas y te paguen tambien los honorarios del abogado. Pero asegurate bien de tener razon en lo que reclamas
Efectivamente, la Ley 18/2009 es la específica de Tráfico, pero está basada en la 30/92, los procedimientos son muy parecidos, con alegaciones y demás. El caso es que no me han dejado alegar absolutamente nada ni me han notificado nada que no fuera el aviso de pago: ¿no suena a gato encerrado esto? ¿Eso no es indefensión absoluta?
En materia de tráfico. El procedimiento a aplicar es el que está establecido en la Ley 18/2009 yen su defecto en el Reglamento del Procedimiento sancionador en materia de tráfico RD 320/1994. La aplicación de la Ley 30/92 es subsidiaria y solo en aquello que regulen las normas propias en materia de tráfico.
Pero, aunque el interesado quede notificado por la guardia civil en carretera, debe recibir el pliego de cargos para alegar, ¿no? Eso dice la Ley 30/92 de Procedimiento Administrativo, ¿no? Pueden saltarse el pliego de cargos y la propuesta de resolución? Yo pedí explicaciones de por qué me llegaba directamente el escrito de cobro, pero no me han contestado. Ahora, la AEAT me da la opción de recurso de reposición, pero no Tráfico. Creo que Cherife tiene razón: quieren que callemos y paguemos, al fin y al cabo el abogado nos costaría más. ¿No, sarapiki?
Cherife, si has presentado alegaciones, la DGT tendria que contestarte, aunque las inadmitiera. Otra cosa es que te haya contestado y tu no las hayas recibido.
Cuando la guardia civil para en carretera y entrega boletin de denuncia, el interesado ya queda notificado, no hay que enviar una notificacion posterior. Si no paga y no presenta alegaciones, la multa pasa a via ejecutiva. Pero si presenta alegaciones, insisto, hay que contestar
A mediados de Mayo me paró la GC y me denunciaron por dos supuestas infracciones.
Siguiendo las instrucciones de los boletines que me entregaron envié sendos escritos de alegaciones via Internet con certificado digital sin error informático alguno por lo que los dí por presentados.
De una de estas denuncias recibí por correo certificado la notificación en la que me daban a elegir entre pagar el 50% del importe o presentar alegaciones. Elegí alegar y presenté otro escrito por el mismo medio que los anteriores de cual aún espero respuesta.
Pero de la otra, nada de nada, hasta que el viernes pasado encontré en el buzón un sobre de correo ordinario donde se me comunica la vía ejecutiva de la multa y su traspaso a la AEAT.
Como buen "mal pensado" y sabiendo de sobra que la denuncia original contiene errores de bulto por los que poder recurrirla con esperanzas de éxito, me dá por pensar que la DGT ha obviado todo el trámite administrativo con la esperanza de que me calle y pague.
Supongo que exageraré pero si es como pienso es obrar con dolo y mala fé. ¡hay que ser h.......ta!.
Pero mañana mismo voy a la Jefatura a que me muestren el proceso administrativo que han seguido, envios, recibos, firmas, etc., y notificaré lo que me cuenten.
Mientras tanto, si alguien que sepa de esto puede decirnos si esto es una omisión común en la DGT o no.
Me refería a que, antes de la multa por vía ejecutiva, no me notificaron nada: ni incoación, ni pliego de cargos, ni propuesta de resolución. ¿No se supone que hay que seguir un procedimiento?