Un coche de la guardia civil, me hace señas de que me detenga, lo hago en un descampado. Se baja y me pide la documentacion. Se la entrego. Y me dice que ha venido detras de mi un rato, y que ha comprobado que iba a una velocidad muy superior a la permitida en autovia. Ademas que no he respetado la distancia de seguridad con el vehiculo que me precedia. Y por ultimo que he cambiado de carril sin poner el intermitente. No me entrega boletin de denuncia y me dice que ya me llegara la notificacion de la denuncia.
Yo creia que era obligatorio entregarme el boletin en el acto.
En fin pregunto si el no entregarme el boletin en el acto, es motivo para recurrir la multa cuando llegue.
El problema es demostrar que fue el agente el que no te dio boletin. Porque él, en el boletin, puede escribir "no se entrega copia por manifestar el denunciado tener prisa" por ejemplo, y a ver como demuestras que no es asi..
El tema de la supuesta velocidad superior a la establecida no será el motivo de la denuncia ya que para denunciar ese tipo de infracciones es necesaria la prueba, en este caso la de un rádar.
Los únicos hechos denunciables serán el de no mantener la distancia de seguridad con el vehículo que te precedía y la de no indicar con las intermetitentes los cambios de carril.
Hay muchas razones por las cuales no se notifica la denuncia en el acto y la Ley contempla dichas excepciones, por lo tanto, te aconsejo que si haces el escrito de alegaciones que este no sea el motivo, puesto que lo perderas y además no te beneficiaras del 50% de bonificación por el pago en el plazo establecido.
La notificación a efecto de plazos ( si no se practica en el momento de la infracción) se da por realizada desde que la recibes en el domicilio.
Saludos y suerte.