Tras haber sido denunciado por exceso de velocidad por un radar móvil con la consiguiente parada y notificación, he recibido una carta sin certificar de la dgt con la denuncia sin fotografía y seguidamente una providencia de apremio de Hacienda.
Mi duda es, si es legal que se sancione por parte de la DGT sin aportar fotografía.No se si puedo hacer el recurso a Hacienda por un defecto de forma al no haberse aportado prueba fotográfica del radar.
Técnicamente no es un recurso de forma, yo al menos no lo veo así, dado que te pararon los policías en el momento y te dieron la multa por lo que no tenían que comprobar que fueras tu. Otra cosa es que hubieras presentado alegaciones. Si no las presentaste se te notifico en el acto y por tanto de parte de la administración puede estar bien.
Espero haberte ayudado.
Un saludo y gracias.