Repito de nuevo, consulta con un profesional, que esto tiene muy fácil solución. No te quiero decir cuál es la solución, porque algunos viven y comen de resolver cosas como lo que a ti te pasa. De nuevo, te aconsejo, que consultes, no creo que te cobren mucho por la consulta y poco más.
Gracias.
El asunto principal es que al haber pagado el alquiler del vehículo con tarjeta de crédito, lo más seguro es que directamente efectúen un cargo con el importe de la sanción.
Yo me refería a si sirve también para el extranjero (Suiza) solicitarles la foto, marca, modelo y fecha de revisión del cinemómetro, etc...
El pasado mes de Diciembre estuve unos días de viaje por el extranjero con vehículo de alquiler y acaba de llegarme por correo ordinario una comunicación de sanción por exceso de velocidad. Se trata de un radar fijo a la entrada de una población, que indica circular a 65 cuando el límite es de 50.
El caso es que no soy consciente de haber sobrepasado dicho límite y en la comunicación no aportan fotografía ni modelo, sólo la matrícula del vehículo (que es correcta). Imagino que mis datos personales los haya facilitado la compañía de alquiler.
¿ Puede efectuarse recurso utilizando los mismos parámetros que si hubiera ocurrido en España?