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¿ multa por no hacer encuesta telefónica ?

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¿ multa por no hacer encuesta telefónica ?
06/06/2021 14:07
He recibido una carta del INE en que me comunican que he sido elegido para participar en una encuesta, que ésta es obligatoria, que se hará de forma telefónica y que tendré que repetirla varias veces durante un plazo de tiempo.
El articulo 50.4 a) de la Ley 12/1989 de Función Estadística Pública considera infracción leve " la no remisión o el retraso en el envío de datos cuando no hubiere causado perjuicio grave para el servicio, y hubiere obligación de suministrarlos ".
El RD 1572/1993 Reglamento de procedimiento administrativo sancionador por infracciones de la Ley de Función Estadística Pública en el artículo 3 señala que es necesario advertir que en caso de no facilitar los datos estadísticos se incurriría en sanción y también dice que es necesario agotar un plazo sin haberlos remitido ( En la carta no advierten de ello ni me dan ningún plazo ).
Entiendo que mientras no me envíen la encuesta por escrito y con un plazo para cumplimentarla no habría infracción, con lo no me podrían sancionar por no atender una encuesta telefónica. ¿ Qué opináis ?