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Multa por liar un porro en la via publica

43 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 43 comentarios
Multa por liar un porro en la via publica
24/09/2009 03:52
Hola, la policia me pilló liando un porro en la vía pública en Tarragona. Me registraron y cachearon bien pero no encontraron nada más, solo el porro que me estaba liando. Me dijeron que me pondrian una multa pero no me dieron ningún resguardo ni nada, simplemente aputaron mis datos en una libreta.

Mi duda esta en cuanto puede ascender el importe de la multa. Y si cabe la posiblidad de recurrir con posiblidades de exito, tengo entendido que en estos casos es tonteria recurrir, pero yo no estaba fumandome el porro ni tampoco llevaba nada más encima. Espero que me ayuden.

Gracias
24/09/2009 11:20
A partir de 300 euros por subdelegacion de gobierno, aunque si no le dieron nada lo mas probable es que acabara en la alcantarilla de la esquina.
24/09/2009 13:14
En el caso de consumo o tenencia de drogas en la vía pública no siempre los agentes dan copia del formulario de denuncia, para este tipo de denuncias no siempre los agentes disponen de formularios que entregar in situ, como en las de tráfico, de modo que recogen los datos y cursan la denuncia posteriormente.

No sabrás si has sido denunciado hasta transcurrido un mes, como mínimo, si pasados dos meses la subdelegación del gobierno no te notifica nada es que los agentes no cursaron la denuncia.

Da igual que estuvieras consumiendo, la simple TENENCIA de droga ya es sancionable.

El importe es el que te ha indicado sotomondro, 300,50 euros es lo que se impone si es la primera infracción, si hay reincidencia pueden subir los importes.

Que recurras no va a servir de nada. La denuncia en estos casos es inapelable, ya que por una parte la palabra de los agentes tiene presunción de veracidad, y por otra existe la evidencia del hallazgo del porro.

Si los policías deciden denunciar remitirán la droga al laboratorio de drogas de la Delegación de Sanidad de la Delegación del Gobierno, donde será analizada para establecer que realmente es droga, así como su grado de pureza, será tras este análisis cuando se iniciará el expediente sancionador y se te notificará la infracción, de ahí la tardanza en notificar.

La única posibilidad que tienes es que durante el proceso administrativo falle algo y el expediente, el análisis, o lo que sea, se duerma en algún fichero, o que venzan los plazos legales y prescriba la infracción, cosa dificil, porque el plazo de prescripción para las infracciones graves es de un año.

24/09/2009 19:16

Sin ánimo de contradecir a Paleg (que casi no me atrevo, por ser una toda una eminencia en este foro)

No prescriben a los dos años las infracciones graves??

24/09/2009 20:07
De acuerdo, entonces siguiendo los consejos de Paleg esperaré a ver si hay algun tipo de incidente durante el procedimiento. De lo contrario, me he estado informando y para que retiren la sanción económica puedes apuntarte a unas charlas que duran 1hora, y son 3 sesiones en las que te convencen para que dejes de fumar (algo así tengo entendido, tampoco estoy muy seguro). Todo sea por evitar el pago de la multa.

Muchas gracias por vuestros consejos.

Saludos
25/09/2009 01:31
Para añadir culturilla... de lo que le incautaron a lo que le vendra denunciado sera menor, eso se debe a que solo le denuncian por el principio activo, por lo que suponiendo que es hachis:
1- O fumaba 100 x 100 puro, cosa que no es para nada habitual, y le llegaria la totalidad del peso incautado
2- Si no es puro, que es lo mas seguro, sabra que cantidad de corte le mete el personaje que le vende el tema, algo positivo tenia que tener.
25/09/2009 08:42
Garandoiro

Los plazos de prescripción para infracciones en materia de seguridad ciudadana se establecen de manera específica en el art. 27 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero (tambien llamada Ley Corcuera): tres meses, 1 año o 2 años para infracciones leves, graves o muy graves respectivamente.

Saludos
25/09/2009 09:22
Gracias Caletilla, desconocía la normativa específica.

Si con razón, "casi no me atrevía" a contradecir a Paleg.

Un saludo.
25/09/2009 12:15
gracias a todos
25/09/2009 16:38
Garandoiro, si hay que contradecir a paleg, se le contradice, el problema esta en que en un porcentaje altisimo de sus intervenciones esta en lo cierto ademas de que suele avalar sus letras con normas juridicas, asi que contradecirlo es harto dificil.
25/09/2009 17:53
Me hago cargo....

Lo que ocurre es que en mi caso, soy incapaz de quedarme con la duda.

Por otro lado, soy de las personas que creen que de las equivocaciones también se aprende.

De todos modos, no me volveré a atrever. Antes me muerdo la lengua (bueno los dedos para el caso).... :)

Un saludo.
29/10/2009 22:27
Hola a todos ,,,

Alguien sabe que pasaría si en el mismo caso, la multa es reincidente ? asciende mucho mas el importe ? , o es a partir de la 3ª ? ..

Muchas gracias ..
30/10/2009 21:07
de acuerdo con que recurrir, seguramente no te sirve de nada, salvo errores de tramitación. yo que crecí en uno de los barrios mas conflictivos de madrid, entre autenticos delincuentes, he visto mas de una vez a un policia denunciar a un tío por tenencia, cuando el tío en cuestion estaba limpio.


la palabra del policía, desgraciadamente va a misa, y muchos incluso se chulean y te lo dicen descaradamente. pero con la misma chulería que el policia le decia a esos tios que se iban a comer una sancion, por mas que no llevasen nada encima, esos tios le replicaban al policia, que la denuncia la iba a pagar su pu... madre, porque no tenian un duro y siendo insolvente, sencillamente, se la suda que le pongan una multa de 300€ o de 300.000, y si de verdad era mas feliz poniendo multas, que le ponga dos, si quiere.

a lo mejor tu, en estos tiempos de crisis, eres de esos afortunados que tienes una nomina, o casa propia, o pasta en el banco. en tonces, te la van a cobrar seguro. si por el contrario, no pasas del salario minimo, o estas en el paro, y las pasas putas para llegar a fin de mes, entonces no te preocupes que la multa la va a pagar la pu.. ya me en tiendes...

saludos
31/10/2009 09:58
Alguien sabe algo del tema de las reincidencias ? ..

Por otra parte, es posible que te multen si el material incautado es solo un canuto de marihuana, mezclado con tabaco, ya que si lo tienen que analizar, tendran que separar el tabaco de la maria, cosa que les llevará su trabajo, y despues analizarlo, se toman tantas molestias por un porro de marihuana ? ..

Saludos y gracias .
06/11/2009 14:30
Sí que se las toman, Skamot, en el laboratorio que mencioné. Y tampoco es tanta molestia, en absoluto, es tan sencillo como introducir la muestra en el cromatógrafo de gases, este aparatejo detectará e identificará el principio activo de la sustancia, así como identificará cualquier otra con la que esté mezclada, en este caso tabaco.

Imagínese que hubiese que separar la cocaína del corte, cuando una vez adulterada la droga el polvo forma un todo. Las operaciones analíticas se hacen con los fabulosos médios técnicos disponibles hoy día. Rápido y sencillo.

Saludos y gracias por los comentarios sobre mis intervenciones.
06/11/2009 14:56
Muchas gracias Paleg por tu aclaracion ,,,, y por casualidad sabes algo del tema de las reincidencias ? ..

Rezo para que no llege la carta, pero algo me dice que si que va a llegar "!!!!! ...

Saludos y gracias otra vez ! ..
07/11/2009 14:30
Sé que se aplican incrementos, pero eso depende (dentro de los márgenes de la ley) de la propuesta de sanción de cada instructor del expediente, es decir, que cada subdelegación del gobierno puede aplicar cuantias más elevadas dentro del margen legal o no hacerlo en absoluto.

En Barcelona he visto sanciones de 400 Y 500 euros a reincidentes.


Art. 30 de la ley de seguridad ciudadana:

Artículo 30.

1. Las respectivas normas reglamentarias podrán determinar, dentro de los límites establecidos por la presente Ley, la cuantía de las multas y la duración de las sanciones temporales por la comisión de las infracciones, teniendo en cuenta la gravedad de las mismas, la cuantía del perjuicio causado y su posible trascendencia para la prevención, mantenimiento o restablecimiento de la seguridad ciudadana.

2. Idénticos criterios tendrán en cuenta las autoridades sancionadoras, atendiendo además al grado de culpabilidad, REINCIDENCIA y capacidad económica del infractor, para concretar las sanciones que proceda imponer y, en su caso, para graduar la cuantía de las multas y la duración de las sanciones temporales.

Como puedes observar la ley lo permite y lo comtempla, pero no puedo ser más concreto, lo siento.

Saludos.
09/11/2009 16:23
hola a todos!! este sabado me pillaron los locales con una china de hachis y me pidieron el dni apuntaron en una hoja los datos pero no me dieron resguardo ni nada y queria saber si me llegara la multa o si hay posibilidades de que no me llege y si llega de cuanto seria....GRACIAS!
09/11/2009 18:41
Hola adsl ,,, a mi me pasó igual, se ve que ahora utilizan ese método , por lo que he investigado parece que es un poco la loteria, he leído por ahí que si que llega i tambien he leído que no llega ,, asi que a rezar nos queda ..

Habrá que ir ahorrando por si las moscas ....
09/11/2009 21:22
Casi siempre depende de lo que hagan los agentes, si tramitan la denuncia lo más probable es que "llegue", si o es así solamente puede ser por dos razones, o los agentes no han tramitado la denuncia por la razón que sea o ha existido algún problema (error) durante la tramitación de la denuncia y expediente.

La gran mayoría de las denuncias llegan.

ADSL, los importes ya se han citado, lee toda la línea de oponión, para no hacer caer a la gente en reiteraciones inútiles.

Saludos.