el pasado sábado un policía local de la comunidad de Madrid, me multó por la ingesta de bebidas alcohólicas en la vía publica.
Tras dar mi explicito reconocimiento a dicha multa, me obsequió con la bonita copia de la notificación de esta, donde figura claramente que soy consciente y apruebo dicho acto ilegal.
En el dorso de la notificación, se puede leer lo siguiente:
RECONOCIMIENTO DE RESPONSABILIDAD: Conforme al art. 60 bis 3. de la LDTA, si en el plazo de 10 días hábiles desde la entrega de esta notificación, el denunciado presenta reconocimiento explicito de su responsabilidad en el hecho imputado, dirigido y presentado como se indica para las alegaciones, el expediente se resolverá sin mas tramite, aplicándose una reducción del 40% al importe de la sanción impuesta, debiendo abonarse en periodo voluntario.
Entiendo, que al figurar mi reconocimiento explicito en esta y haberse hecho en el momento de la sanción, por lo que entra en los 10 días permitidos, se aplicará dicho descuento sin tener que abonar dicha cantidad en esos 10 días, ¿No?
Los 10 días son para alegaciones y reconocimientos de los hechos, ¿verdad?
De ser así, cuando recibiese la multa por correo o figurase en el BOCM, ¿el importe sería reducido aunque no se haya pagado en 10 días?
Gracias cristiancc, ahora esa parte me queda clara.
Referente a que yo haya reconocido explicitamente la culpabilidad, y esto este reflejado en la notificación del agente, ¿Se toma como reconocimiento de culpabilidad sin tener que hacer mayor trámite? o, por el contrario ¿tengo que ir a rellenar un escrito formal o similares para que se haga efectivo el 40% de descuento?
Al decir la resolución "dirigido y presentado como se indica para las alegaciones" para curarte en salud y asegurarte que vas a ser beneficiado con la reducción sera mejor que presentes el reconomiento de responsabilidad dentro de esos 10 dias.
Yo entiendo que si en el momento de la denuncia reconoces los hechos, quedas ya notificado y renuncias a las alegaciones para que se te aplique el descuento.
Si se rige como en las denuncias de tráfico, en las cuales, si no haces alegaciones te supone un ahorro del 50 % si lo pagas en un plazo de veinte días...si en la denuncia ya te habla de diez días, para curarme en salud y que te apliquen el descuento, yo lo pagaría en ese plazo.