Hola queria hacerles la siguiente consulta:
hace unos días estacione mi vehículo en un vado, el cual esta señalizado por linea en el suelo amarilla y en la puerta pero la señal de VADO ES DE COLOR AZUL Y NO PONE NADA DENTRO DE LA SEÑAL, SOLO PONE UN 8 PINTADO A MANO CON ROTULADOR , Yo al ver la señal pensé que era un vado que ya no tenia uso, por eso deje mi vehículo, he recibido una carta en la cual me piden 200€ de multa. mi pregunta es si tiene valor una señal de vado en mal estado?
Gracias
Hola queria hacerles la siguiente consulta:
hace unos días estacione mi vehículo en un vado, el cual esta señalizado por linea en el suelo amarilla y en la puerta pero la señal de VADO ES DE COLOR AZUL Y NO PONE NADA DENTRO DE LA SEÑAL, SOLO PONE UN 8 PINTADO A MANO CON ROTULADOR , Yo al ver la señal pensé que era un vado que ya no tenia uso, por eso deje mi vehículo estacionado y la grúa se lo llevo, pague para poder retirar el vehículo y hice un escrito en el cual no estaba conforme con la multa y la retirada del vehículo solicitando que me devolvieran el importe de la grúa .he recibido una carta en la que me dicen que el agente RATIFICA LA SANCIÓN PORQUE HAY LINEAS AMARILLAS EN EL SUELO Y PUERTA, y me reclaman 200€ de multa. mi pregunta es si tiene valor una señal de vado en mal estado? Si un vado es valido solo por tener pintado el suelo y la puerta y quien tiene la obligación de mantener las placas de vado en buen estado?
Gracias
Buenos dias,
si la señal de vado esta en mal estado, deberian haberte puesto la multa por el art 171, no respetar la indicacion de una marca vial amarilla, que son 80 euros y no 200. Lo triste es que, como ni el agente ni probablemente el instructor del procedimiento se saben la codificacion, pues te denuncian por el 94.2 F con 200 euros y se quedan tan anchos.
Consejo: haz una foto de la señal de vado y aportala en el escrito de alegaciones o en el recurso de reposicion, y si no te hacen caso, que ya te digo, probablemente no te lo hagan no te queda otra que "ajo y agua" o irte a un contencioso. Si ganas el contencioso, a la Administracion la pueden condenar en costas
Hola gracias por tu respuesta, el contencioso supone para mi costas?
Tengo la foto del vado azul y mas de 15 fotos de coches que estacionan en el vado en días distintos y horas distintas, el propietario del vado ahora ha pintado con un rotulador la señal de l vado, ha puesto de mala manera de 8 a 20 y ha pintado el borde de la señal de color rojo aunque no se ve rojo se ve negro.
En el contencioso tengo posibilidades de ganar?
Gracias y saludos
Intenta primero el recurso de reposicion, que te sale gratis. Entiendo que aun no has recibido la resolucion, puesto que haces referencia al informe del agente, por tanto presenta un nuevo escrito de alegaciones con lo que yo te he dicho, citando los articulos del Reglamento General de Circulacion. Si no te dan la razon, te llegara la resulucion, contra la que puedes interponer recurso de reposicion. O directamente el contencioso, pero para el contencioso necesitas abogado, y si pierdes, si, tambien a ti te pueden imponer las costas ¿posibilidades de ganar? Sin ver la sancion, las fotos del vado etc etc. no me voy a aventurar a darte una respuesta, lo siento
Hola kapitan ya he presentado un escrito en el ayuntamiento, diciendo que la señal de vado no esta en buenas condiciones ni la he visto nunca en ningún libro, ni nada que se asemeje , no me han dado respuesta , ya te diré si algún día me la dan
Saludos
Me han notificado una multa de 200 euros, en el boletin de denuncia pone: "Estacionar donde esta prohibida la circulacion salvo vado (señal vertica)"
Precepto infringido: Art. 60 Ordenanza Municipal de Movilidad de Malaga, que dice:
Artículo 60
Las operaciones de mudanzas se realizarán con arreglo a las siguientes
condiciones:
a) La empresa que realice el servicio deberá instalar la señalización
oportuna, a fin de reservar el espacio suficiente para el correcto aparcamiento de
los vehículos que intervengan en la misma. En dichas señales deberá colocarse
un aviso en el que se especificará , el día de la ejecución del servicio y la hora de
su comienzo; así como, el nombre la empresa y su domicilio social.
b) La empresa de mudanzas deberá comunicar, con la antelación que
se indique en la correspondiente autorización , la realización del servicio a la
Policía Local.
c) Deberán adoptarse todas las medidas que sean necesarias para
evitar daños a las personas o a las cosas, acotando el perímetro en el que pudiera
existir cualquier peligro para el viandante, canalizando en este caso el tránsito de
peatones, de forma que este, sea accesible.
d) En caso de elevarse los materiales o mobiliario mediante aparatos
especiales, éstos deberán cumplir con todos los requisitos, autorizaciones y
certificaciones de seguridad exigidos por la normativa aplicable.
La notificacion que ha llegado pone:
Hecho denunciado: "estacionar en vado señalizado"
Precepto infringido:" ord. movilid. 35"
Dicho articulo tiene 19 supuestos.
Tengo que decir que el vado esta pegado a un muro y que aparcando pegado al muro pasan perfectamente dos coches para entrada y salida de un garage que hay al lado.
En fin que han venido 200 euros y querria saber si cabe recurso.
Gracias