Ok seguiré tus instrucciones al pie de la letra a ver si hay suerte.
También me estudiaré la guía a ver si saco algo en claro y lo aplico en las alegaciones.
Muchísimas gracias por vuestra ayuda.
Un abrazo muy fuerte.
Ottra cosa...apura siempre los plazos que te den para alegar...
Si recibiste la comunicación hoy tienes 15 dias hábiles (sin contar festivos) a contar desde mañana (o sea contando con que el 13 es festivo sería hasta el 24). Presenta las alegaciones el día 23 (por si acaso) en el registro del ayuntamiento y que te sellen una copia para comprobante.
Alega que en ningún caso has desobedecido los mandatos de la Policía Local efectuados en aplicación y ejercicio de las competencias
municipales.
Alega que quieres conocer cuales son exactamente "los mandatos de la Policía
Local efectuados en aplicación y ejercicio de las competencias municipales".
Como pruebas:
Propón la declaración de testigos para acreditar que no desobedeciste en ningún momento "los mandatos de la Policía Local efectuados en aplicación y ejercicio de las competencias municipales"...
Exige la ratificación de los hechos por los agentes actuantes y exige que aporten al expediente todos los elementos probatorios de los que dispongan.
Solicita que te entreguen copia simple (sin compulsar) de todos los documentos que obren en el expediente y de los que se incorporen con posterioridad o bien que te citen un día para ver el expediente con caracter previo a la propuesta de resolución que se haya de dictar.
Exige que previamente a que se dicte la resolución, se otorgue la audiencia preceptiva a la Junta Local de Seguridad y se te informe del resultado de la misma.
Solicita se sobresea el expediente por no acreditar la comisión de infracción alguna o subsidiariamente moderar el importe de la sanción dada la excasa gravedad de la misma, la inexistencia de perjuicios y su nula trascendencia en la prevención, mantenimiento o restablecimiento de la seguridad ciudadana, el grado de culpabilidad, la falta de antecedentes, etc
Y yo que se....todo lo que se te ocurra
Cuando te llegue la propuesta vuelve a alegar, si no te aportan pruebas exígelas de nuevo, solicita una nueva audiencia, etc
Y cuando te llegue la resolución igual...alega y alega
En respuesta a la pregunta de Caletilla he recibido el primer aviso hoy, creo que es de incoación, porque pone que tengo 15 días hábiles para formular alegaciones, proponer las pruebas, etc.
Por lo que dices se trata de una infracción leve. Lo primero que has de mirar es ver la sanción prevista en la norma para este tipo de sanciones ( por ej: multa de xx a xx euros..) y ver si en tu caso se te aplica en grado mínimo, medio o maximo.
Me explico: si para las infracciones leves se prevee multa de 50 a 300 € ( me invento las cantidades) y te imponen 300€ pues podrias alegar una vulneración del principio de proporcionalidad. No obstante si la sanción prevista fuera de 300 a 1500 € se te estaria aplicando la sancion en su grado mínimo y ya no se podria alegar.
Disculpa por el rollo pero espero haberte sido de ayuda.
En la multa pone OPB 21 2 F, correspondería con esta ordenanza municipal del Ayto. de Torrelavega:
http://boc.gobcantabria.es/boc/datos/MES 2004-09/OR 2004-09-08 175/PDF/8980-8984.pdf
Seria el artículo 21, 2- F):
"2.- Al amparo de lo establecido al artículo 26 de la Ley
Orgánica 1/92 de 21 de Febrero:
(...)
f) La desobediencia leve a los mandatos de la Policía
Local efectuados en aplicación y ejercicio de las competencias
municipales, cuando ello no constituya infracción
penal."
Hola a todos, he recibido una sanción por desobediencia a mandatos de la policía local, el importe es de 300 € y ya que no hubo ningún tipo de ofensa ni insulto (solo me negué a meter un vaso en un pub ) considero la cuantía poco proporcional al delito: ¿hay algún sistema para rebajar la cuantia?
Muchas gracias de antemano por las respuestas, si las hubiese.
Un saludo.