Buenas... Ayer fui multado por ir en bici sobre la acera en Valencia. Yo no estoy empadronado allí, lo estoy en un pueblo de Cáceres, y he leído que si la multa es del Ayuntamiento (Policía Local) solo podrían embargarme cuentas en el municipio de Valencia o impuestos pagados allí. Quisiera saber si esto es cierto y que consecuencias tendría no pagarla. La multa no la firmé. Sé que hice mal y no se debe ir por la acera en bici pero me j*** bastante 200 euros de multa cuando el carril bici empezaba 20 metros después sobre esa misma acera (pintado). Además el afán recaudatorio del agente que estaba allí expresamente para eso cargándose a todo el que doblaba la esquina en bicicleta.
Muchas gracias.
Eso era antes, hace poco se ha firmado un convenio con Hacienda para poder embargar a los denunciados fuera del municipio. Ten en cuenta que Valencia está rodeada por muchos pueblos y muchos vehículos que diariamente entran en la ciudad son de aquellos.
Sí, a mí me han llegado multas de la local en otra comunidad autónoma, y no hay manera de librarse por ese motivo.
Lo del afán recaudatorio, pues igual sí o igual no, que si había muchos girando ahí está más que justificado como forma de que se deje de hacer, también, pero el hecho innegable es que no se puede ir en bici por la acera. O carril bici (que en Valencia tenemos ahora muchísimos) o calzada; el hecho es denunciable y no importa el afán que haya.