¿Cómo contactar con FIVA?
Horario de atención al público de: 9:00 a 18:00 de lunes a viernes. En el teléfono 900 222 665 los asegurados podrán: Obtener información sobre la forma de presentar la solicitud de indemnización (seguro de riesgos extraordinarios o seguro de Responsabilidad Civil de Automóviles).
Pregunta: Yo tengo el seguro de mi coche contratado con una entidad bancaria catalana y a través de mi cuenta con la misma pago cada año mi recibo, Mi hermana tiene su vehículo contratado con una aseguradora distinta. Para que no nos ocurra un cao similar al de Clara88, cómo podemos cerciorarnos de si los datos consta debidamente acreditados en el FIVA? Gracias a quien pueda informar,
Bueno pues finalmente llegó la resolución del recurso. Desestimada porque no acredito que el pago de la prima lo había realizado antes de la fecha de la multa, y todo porque mi aseguradora tal como os expliqué, tenía externalizado el servicio de cobro de las primas, y ellos certificaron que habían recibido el pago casi 2 meses después a pesar de que a mi el cargo por la empresa externa se me había realizado antes. En fin.. Tendré q demandarles, ahora tengo otra pregunta, hace cuestión de unas semanas me llegó un email informativo de que mi aseguradora pasaba a formar parte de otro grupo aunque conservan el nombre, en que me afecta a mi eso a la hora de demandar?? Puede que el nuevo grupo empresarial se pueda desentenderse de éste embrollo.
Hola,
Gracias por tu respuesta.
Si, el banco me ha hecho un certificado de los recibos cargados en mi cuenta por esa empresa externa. Como en la multa dicen que llevaba casi un año sin seguro pues en el certificado del banco van todos los recibos.
Espero no tener problema como tú dices, pero cualquiera se fía del Estado...
Dependiendo de la provincia, puedes tardar incluso 6 meses o mas en recibir respuesta de la DGT. Con respecto a que el seguro te recurra la multa ¡ni se te ocurra! no tienen ni idea. Recurren igual una alcoholemia que una de velocidad por radar, o por estacionar inde bidamente... quita, quita, mejor que lo hagas tu.
Si el recibo del banco tiene fecha anterior a la multa y has acreditado que no está devuelto (si no lo has acreditado quizá aun puedas hacerlo, pide al banco que te lo certifique y envialo como ampliacion al recurso de reposcion) no vas a tener problema. Ya te digo que he visto miles de multas como la tuya
Buenos días,
Efectivamente deberían ser ellos quién solucionasen el desaguisado incluso les amenacé con de mandarles, pero ni siquiera quisieron recurrir la multa por mi porque no tenía contratado ese servicio. Por eso he dicho q es un mierda de seguro, te meten en un problema y ni siquiera hacen nada por solucionarlo, no sabes la de llamadas y mail que me ha costado que enviasen los certificados que he nombrado.. Un mes y siendo pesada. Todavía sigo sin respuesta al recurso y ya hace mes y medio.
En el momento que recibes la multa deberías haber dicho al seguro que se encarguen ellos de representarte y/o asumir la multa como responsables.
Por toda esa gestión que has realizado ¿cuanto les vas a cobrar?
Creo que te has complicado demasiado, deberías haber delegado en ellos y que deshagan lo que han hecho
Espera a que te contesten al recurso de reposición, siempre tardan mas de un mes, pero contestan, y en tanto no contesten, no van a pasar la multa a la vía ejecutiva.
Tu caso no es tan extraño, las compañías de seguro no siempre comunican al FIVA los datos, no se por qué, la verdad, pero ha habido miles de multas de la DGT en ese sentido.
En caso de que te desestimen el recurso, puedes ir a la vía contenciosa. Puedes solicitar al Juzgado la paralización de la ejecución, pero casi fijo te la van a denegar, asi que si, tendrías que abonar la multa.
Otra opción, si efectivamente la culpa ha sido de la Compañía de Seguros, es que les requieras a ellos que abonen la multa, so pena de demanda civil, y también de mala publicidad... Yo, personalmente, hay compañías que, por motivos como el que cuentas, jamás contrataría. No voy a poner aqui los nombres, pero si que están en mi propia lista negra, jaja
Buenas,
Voy a explicar mi caso, que no sé si se dan muy a menudo, pero tengo la sensación de que lo que me pasa a mí no le pasa a nadie.
Me han puesto una multa por carecer de seguro obligatorio cuando tenía el coche aparcado en la calle, el tema es que yo sí tenía seguro y pagado, pero mi aseguradora por error"según ellos" no compartieron mis datos en el FIVA, por lo que la DGT al consultar en el fichero les aparecía que llevaba prácticamente un año sin seguro. Total, le pedí a la aseguradora que aportase mis datos en el FIVA y así lo hicieron, estableciendo como fecha de inicio del seguro 15 días antes de la multa(que fue cuando se renovó) aparte me enviaron certificado FIVA admitiéndo el error y el recibo del último pago conforme estaba abonado. Con esos documentos hice el escrito de alegaciones, la respuesta fue que tenía plazo de 10 días para aportar mis recibos bancarios conforme había pagado la prima del seguro antes de la fecha de la multa, y aquí la cosa se complica. Mi seguro tiene externalizado el servicio de Cobros de las primas, es decir, en mis recibos no aparece el nombre de la aseguradora sino de otra empresa, por lo que he tenido que pedirle un certificado al seguro que me ayudase a demostrar el pago y debido a su lentitud, el plazo de los 10 días se pasaron, por lo que decidí esperar a la resolución d las alegaciones para luego interponer el recurso de reposición con el nuevo certificado. Casi 2 meses tardaron en dar resolución a las alegaciones! Y por supuesto desestimada porque no había aportado los dichosos recibos y la póliza, bueno, pues he puesto el recurso de reposición con recibos bancarios, el certificado donde la empresa acredita que el código de mandato que aparece como referencia en mis recibos corresponde al cargo del pago de la prima, adjunto póliza, recibo del seguro dnd certifican que el seguro está al día en el pago y el certificado FIVA hecho por la aseguradora. Ha pasado un mes y todavía no hay respuesta al recurso, viendo el afán recaudatorio de la DGT, ya que los documentos aportados en las alegaciones y la subsanacion de mis datos en el FIVA estableciendo fecha de inicio del seguro antes de ser interpuesto la multa, deberían ser datos más que suficientes para dar por hecho que sí estaba asegurada.. Después de un mes sin respuesta al recurso, sería considerada desestimada y tendria que acudir a la vía administrativa - contencioso? Y si tengo que acudir a esa vía tengo que pagar la multa igualmente? Es que me estoy temiendo lo peor... Por el lío con los recibos bancarios, la aseguradora acredita el código de mandato y que ellos han recibido el pago, pero lo han recibido 2 meses después a pesar de que a mi la empresa externa me haya hecho el cargo en la cuenta en la fecha prevista..en fin una mierda de seguro y por otro lado la DGT buscando dinero...