He entendido que en tu pliego de descargo decias que el ayuntamiento investigase, este no investiga. Tal y como dice Roni el ayuntamiento pasa al plan B te denuncia por no identificar al conductor.
Si tienes tiempo a recurrir yo te aconsejaría que pagases con el descuento si después te dan la razón y anulan la denuncias tendrías que hexcer una reclamación por pago indevido.
En fin que te salga bién lo que hagas Saludos
En realidad lo que han hecho es sancionarte por no identificar la persona que conducía el vehículo en el momento de la primera denuncia, que según el artículo 72.3 de la Ley de Tráfico, es el importe máximo 301 euros. (no vale identificar a los posibles conductores), La denuncia de estacionar ha sido anulada porqué no han podido saber quien conducía. Al ser titular del vehículo una persona jurídica, tienen la obligación de identificar al conductor, ya que logicamente la persona jurídica no conduce. Tienes derecho a una reducción del 30% si pagas la denuncia antes de dictarse resolución y por supueto puedes preentar alegaciones, pero ten en cuenta que si las alegaciones son sobre la primera denuncia (la de estacionar) no te lo aceptarán.
Me sancionaron por estacionar en sentido contrario al de los demás vehículos en Granollers.El coche era de la empresa y la sancion le llego a la empresa(trabajamos 5 y el coche es para trabajo.)El importe era de unos 120 euros.Decidimos recurrir alegando que en fecha de denuncia el vehículo estaba a disposición de los cinco trabajadores de la empresa, dando sus dni y direcciones y solicitando se abriese investigación para determinar la persona infractora.(Como podia haber dicho otra cosa....)El asunto es que me notifican que ahora la sanción es de 300 euros por no identificar al conductor.¿Es eso posible?No existe una prohibición de aumentar la sancion si recurres?¿Que puedo hacer? ¿que puedo alegar?Si he de pagar la primera sancion la pago pero 300 euros por intentar velar por mi presuncion de inocencia me parece un poco injusto...no?