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Multa exceso de tiempo en zona Azul en CR

5 Comentarios
 
31/08/2015 17:33
Muchas gracias mark9
Me temo que no tengo ningun ticket de parkin ni de peaje donde aparezca la matricula de mi coche.
El motivo de pretender presentar esos justifkcantes como prueba de que me ausente de la zona de la denuncia es porque como ya he comentado yo resido en Bizkaia y si mi coche esta aparcado en CR a la 20:05 horas es porque me he desplazado con él y si entre las 18:55 horas y las 20:05 horas realizo compras en Malagon logicamente (entiendo yo) me he desplazado con el mismo vehiculo.
Como veo, por los comentarios recibidos, que se presenta un poco dificil que esa denuncia sea anulada procedere al pago de la misma con el 25% de descuento y solicitar la devolución del importe abonado para cancelar la denuncia en el parquiimetro
Muchas gracias
Saludos
28/08/2015 13:44
No es que haya un plazo de una hora para anular la multa (de ser así, por lógica, contaría desde que le sancionan).
Lo que se dice en el el art. 14 que transcriben es que las anulaciones son para infracciones no superiores a una hora, mientras que vd. tenía ticket hasta las 18:55 y le sancionan a las 20:05 (una hora y diez minutos de infracción...). El problema en su caso es que es muy difícil demostrar que se había ido, que volvió y aparcó en el mismo sitio y que el ticket antiguo seguía en el salpicadero... Esos tickets de compra que dice, no servirían para probar que el coche no seguía allí, le haría falta aportar tickets de parking o peaje en los que figurase la matrícula del coche.
27/08/2015 13:22
Hola
Sarapiki, a mi también me resulta muy curioso, yo también pienso que el plazo debiera de contar desde el momento que ponen la denuncia. En la denuncia solo hace referencia a que se ha sobrepasado el tiempo que aparece en el ticket.
Dms100 en primer lugar gracias por la información sobre la Ordenanza de Aparcamiento del Ayuntamiento de Ciudad Real, dicho esto decirle que no creo que en mi explicación afirme que el tiempo limitado termina a las 20:00 horas, lo que digo es que comprobé en el parquimetro que terminaba a las 20:00 horas y que fue en el hotel donde me sacaron de mi error y me habían explicado que era a las 20:30 horas, con esto solo pretendo explicar el porque de la extrañeza que me produjo comprobar que la denuncia fuese colocada a las 20:05 horas.
Efectivamente después de la información que me facilitaron en el hotel yo también comprobé que en el parquimetro aparecen los dos horarios invierno y verano, lo que no aparece es la explicación que Vd aporta para la cancelación de una denuncia.
Los ayuntamientos son libres de regular, mediante ordenanza municipal, el sistema de aparcamientos, los usuarios nos tenemos que ajustar a lo que la ordenanza en cuestión regule.
Entiendo que Vd propone que los usuarios conozcamos las ordenanzas municipales del sistema de aparcamientos de todos los municipios de España para evitar cometer errores como ha sido mi caso.
Mi primer error fue aparcar por segunda vez en el mismo sitio que había aparcado unas horas antes sin haber retirado el ticket anterior del parabrisas
Mi segundo error fue no seguir leyendo cuando vi que el limite terminaba a las 20:00 horas y dada la proximidad del final del limite de tiempo disponerme a subir las compras a la habitación de hotel.
Cuando comprobé que la denuncia se ajustaba al horario me dispuse a abonar el importe pertinente en el parquimetro para cancelar la denuncia, considero que si esto no se podía realizar porque estaba fuera de plazo la propia maquina debe impedir el poder realizar el pago para evitar sorpresas como la mía. Es muy desagradable tener en conciencia que has cancelado la denuncia y encontrarte un mes mas tarde con una multa de 50 €
Entiendo que poner un limite de tiempo tan corto para cancelar una denuncia -y no explicarlo en el parquimetro- solo tiene un fin EL RECAUDATORIO.
Dice Vd que puedo solicitar al ayto la devolución del importe de la cancelación por ser un ingreso indebido, considero que si el ayuntamiento no da por cancelada la denuncia debiera de realizar la devolución del importe de oficio, si han podido localizarme para enviar la comunicación de la multa también pueden localizarme para devolver el dinero cobrado
Saludos y gracias nuevamente por su aclaración
24/08/2015 10:19
Revisada la Ordenanza de Aparcamiento del Ayuntamiento de Ciudad Real veo que en su artículo 3 fija los horarios.
Artículo 3. Horario regulado.
El horario que regirá en las zonas de estacionamiento regulado en superficie, con limitación horaria, será el que se indica a continuación:
1. Horario de invierno: De 1 de octubre a 31 de mayo.
Laborables: De 10 a 14 y de 17 a 20 horas.
Sábados: De 10 a 14 horas.
2. Horario de verano: De 1 de junio a 30 de septiembre.
Laborables: De 10 a 14 y de 17,30 a 20,30 horas.
Sábados: De 10 a 14 horas.
Domingos y festivos: Sin servicio.

En la misma norma en su artículo 14 explica los requisitos para las anulaciones en las máquinas.
Artículo 14. Anulaciones.
En los supuestos de infracciones que no se supere en más de una hora el tiempo máximo de estacionamiento autorizado, se podrá proceder a la anulación de la denuncia mediante el pago del importe establecido al efecto en la ordenanza fiscal. El tique del pago efectuado será adquirido siguiendo el procedimiento descrito en cualquiera de las maquinas expendedoras de tiques.

Como cada Ayuntamiento es libre de regular, mediante ordenanza municipal, el sistema de aparcamientos, los usuarios nos tenemos que ajustar a lo que la ordenanza en cuestión regule.

No veo, del relato y de la lectura de la ordenanza municipal que haya un motivo que alegar que permita aludir la multa. Primero porque a la hora de la denuncia (20:05) estaba vigente la regulación horaria.
Segundo, afirma que en el parquímetro pone que el horario termina a las 20:00 horas, suelo ir por Ciudad Real muy a menudo por temas laborales y quiero recordar que en los parquímetros vienen los dos horarios, aunque no especifican las fechas de vigencia de cada uno, aunque si que está indicado en las señales verticales.
Lo que si puede hacer es solicitar al Ayuntamiento la devolución del importe de la cancelación, al ser un ingreso indebido.
24/08/2015 08:47
que curioso. ¿Y si uno estaciona y no deja ningun ticket? ¿Cuando finaliza el plazo?

Lo logico seria que el plazo finalice al cabo de X tiempo contado desde el momento en el que se pone la denuncia. ¿En la denuncia hace alguna referencia a que tienes ticket expedido hasta las 18.55?
Multa exceso de tiempo en zona azul en cr
21/08/2015 19:23
Buenas tardes
Les expongo mi consulta:
El día 16/07/2015 estuve en Ciudad Real llegue a eso de las 16:30 aproximadamente al hotel Santa Cecilia (calle Tinte,3) donde me hospedaría hasta el domingo 19/07/2015.
Al llegar al hotel aparque mi vehículo en la puerta y después de realizar el registro y subir el equipaje a la habitación estacione el coche en zona azul en la misma calle del hotel (c/ Tinte, 6) puse un tiket hasta las 18:55, me marche de la zona antes de caducar el tiempo del tiket, fui hasta la localidad de Malagon donde hice una serie de compras -puedo aportar notas de compra- volví al hotel y curiosamente pude aparcar en el mismo hueco que había dejado libre anteriormente subí las compras a la habitación del hotel y baje a los pocos minutos para marchar nuevamente en este momento pude comprobar que el vigilante de la zona azul me había puesto una denuncia a las 20:05 examine el horario en el parquimetro y comprobé que el horario terminaba a las 20:00, esta circunstancia me extraño sobre manera y pregunte en la recepción del hotel donde me explicaron que ese era el horario de invierno el de verano era hasta las 20:30.
Para evitar males mayores cancele la denuncia en el propio parquimetro (el importe de la cancelación me supuso 3,10 €) para realizar dicha operación tuve que introducir el nº de matricula de mi vehículo y el nº de expediente que aparecía en el boletín de denuncia, la maquina expidió un tiket de resguardo.
En el día de hoy 21/08/2015 he recibido por correo postal certificado una multa relacionada con el hecho comentado, me he puesto en contacto con el departamento correspondiente del Ayto. de Ciudad Real y me explican que el plazo para cancelar la denuncia terminaba a las 19:55 porque es de una hora después del vencimiento del tiempo expresado en el tiket de aparcamiento por lo que la operación que realice de cancelación no sirve de nada, me dicen que puedo presentar alegaciones.
La pregunta es:
¿después de todo lo explicado que puedo alegar? Al señor que me ha atendido al teléfono le he explicado los hechos de la misma forma que lo he explicado en el foro y se ha limitado ha decirme una y otra vez que el plazo para cancelar la denuncia es de una HORA
Por ultimo decir que en Bilbao donde resido el plazo es de dos dias habiles incluidos sabados.
Gracias por vuestra ayuda