Ossa, yo estoy con DP, el problema es que la vía administrativa está agotada, como vayas al Contencioso con argumentos nuevos, es decir que no los has heho valer en la vía administrativa, pues ya sabes, salvo que sea sobre elementos muy fundamentales "in proceso" está crudo. Otra cosa es que ya lo hayas utilizado y se hayan desestimado.
Gracias DP, pero creo que he encntrado una via, hay una ley para la la supresion de barreras arquitectonicas, en al cual, dice expresamente como se debem señalizar estas plazas y hace mencion siempre, tanto en la ley como en el reglamento a q debe estar señalizada tanto horizontalmente como vertical..
Por ningún lado. Con la vía administrativa agotada sólo cabe el recurso contencioso, como ya sabes. Pero es que no tienes fundamentación alguna para poder realizarlo con una coherencia mínima. Ten en cuenta que, encima, es reserva para minusválidos, con el rechazo social que esa inculcación implica. Ten encuenta que, según qué ciudades, toman una fotografía de la infracción.
Así que más vale que empieces a concienciar al cliente de lo que hay.
El problema: me llega un cliente, con la via administrativa agotada..sobre una multa de aparcamiento en una zona reservada para minusvalidos.. tenia marcado el asfalto, pero faltaba la señalizacion vertical.,,
Por donde se le pode meter mano a esto..