Hola,
El tema es este:
- En septiembre me notificaron una denuncia por doble fila que me puso un Controlador.
- En plazo, formulé mi escrito de descargos.
- En diciembre me notifican el fin fase instructora y apertura trámite de audiencia.
- Acudo, y hago alegaciones pertinentes.
- En marzo me notifican resolución y desestimación de alegaciones.
Ahora tengo abierto el plazo para interponer recurso extraord. de reposición, y contencioso-admvo.
Hasta ahora la multa no ha sido pagada... ¿cuando se supone que la tengo que pagar para que no empiecen los recargos?
es ahora? o espero a que me contesten (o silencio administrativo) a mi recurso de reposición?
Y si voy al contencioso, la tengo que pagar de todas formas?
Mil gracias
Creo que es ahora cuando debes pagarla para evitar recargos. Si vas al contencioso no se suspenderá por ello la ejecución de la sanción (es decir que la multa de llegará con apremio e intereses y se podrá proceder al embargo) salvo que presentes garantía suficiente.