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multa de trafico

1 Comentarios
 
Multa de trafico
18/06/2011 09:28
hola a todos no se si este es el apartado corespondiente ya que soy nuevo en el foro.
mi pregunta es la sigiente.
me paro la guardia civil conduciendo un veiculo el caso es que di los datos de otra persona vino una multa a esta persona que se pago y haora me han enviado una citacion para declarar en el jucgado no se si estos hechos tendran alguna responsavilidad penal o que me podria pasar agradecco vuestras aportaciones y si necesitais mas datos pues esta muy resumido decirmelo para poner lo que sea necesario.
un saludo.
18/06/2011 21:46
Código penal:

Artículo 400 bis.

En los supuestos descritos en los artículos 392, 393, 394, 396 y 399 de este Código también se entenderá por uso de documento, despacho, certificación o documento de identidad falsos EL USO de los correspondientes documentos, despachos, certificaciones o documentos de identidad auténticos realizado POR QUIEN NO ESTÉ LEGITIMADO PARA ELLO.

El artículo remite a otros. La conducta punible que probablemente te imputan es ésta:

Artículo 392.

1. El particular que cometiere en documento público, oficial o mercantil, alguna de las falsedades descritas en los tres primeros números del apartado 1 del artículo 390, será castigado con las penas de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses.

Como puedes observar el artículo remite a tres conductas del Artículo 390, la que a tí te afecta es la tercera:

3. SUPONIENDO EN UN ACTO LA INTERVENCIÓN DE PERSONAS QUE NO LA HAN TENIDO, o atribuyendo a las que han intervenido en él declaraciones o manifestaciones diferentes de las que hubieran hecho.

Como achacaste la infracción a una persona que no la había cometido, entiendo que tu conducta se ciñe éste punto.

Se trata de un supuesto delito de falsedad documental. La pena a imponer en caso de condena, es la del art. 392.1.