Queria pediros consejo ya que me ha llegado una multa de trafico, infraccion del articulo 52, exceso de velocidad en tramo limitado a 50 km/h, iba a 65 km/h.
El caso es que me pone que no me la entregaron por que era peligroso pararme en ese tramo, pero me choca que la denuncia del agente se hace el día 25/09/2009 y me la notifican el día 29/06/2010. La fecha de traslado de resolucion sancionadora en la carta tiene fecha 3/6/2010.
¿esta fuera de plazo por prescripción? según esa velocidad sería falta grave y en la Ley de trafico dice que las leves prescribiran a los tres meses, las graves a los seis meses y las muy graves a los doce meses.
La multa fue antes incluso de entrara en vigor en mayo 2010 la nueva reforma de la ley de trafico, ahora incluso creo que las graves y muy graves prescriben a los seis meses.
Me dice la notificación: Deberá hacer efectiva en su importe pendiente de pago dentro de los QUINCE DIAS HABILES siguientes a la firmeza de esta resolución, firmeza que se producirá al no interponer RECURSO DE ALZADA dentro de plazo, transcurridos los cuales sin hacer satisfecho la deuda en periodo voluntario, se exigirá en via ejecutiva el importe pendiente de pago.
¿Tengo que interponer recurso de alzada alegando la prescripción? desde que me sancionan hasta que me notifican son 9 meses.
Esperando su respuesta les envio un saludo. Gracias.