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Multa de hacienda

249 Comentarios
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01/09/2013 12:46
Por cierto,la declaración del 2005 me salía a devolver....Hacienda al requerirme el pago de la deuda más intereses, me sumó también el importe de la devolución de la declaración y los intereses de demora.....Ahora,tengo que solicitar también esa devolución, por cierto ¿también con intereses desde el 2005? aparte de lo cobrado indebidamente?, Gracias.....
01/09/2013 16:59
Doy por supuesto que, de acuerdo con la sentencia, Hacienda viene obligada a devolverte todo. Lo digo porque eres tú quien conoce la sentencia y sabrás cuál es su exacto contenido.
En ese supuesto, Hacienda te tendría que devolver todo lo que te haya cobrado (incluidos intereses, si te los cobró) más todo lo que te tenía que haber devuelto y no te devolvió. Además te tendrá que pagar los interreses de todo ello que se calculan según la fórmula de interés simple al 5% anual.
01/09/2013 17:20
Gracias Juan S, vaya si me ha cobrado intereses, en un principio los de demora por la deuda, despúes al pedir el aplazamiento de la deuda, volvió a cobrar otra vez los intereses sobre las cantidades aplazadas mensuales....mi problema es que sobre la deuda principal sé como calcular porque incluso algun plazo me aplicaron intereses al 7% y 6,5%.....sobre esos no tengo duda de calculo,,,,,mi problema es la manera de calcular los intereses mensuales que en su dia hacienda me cobró sobre los plazos aplazados......Pero de cualquier manera creo que hacienda tendrá que enviarme escrito con el cálculo de lo que me tiene que devolver......Espero,,,,Gracias de nuevo.
02/09/2013 11:03
Lo mejor es que hagas la solicitud sin incluir cálculos y cuando te devuelvan todo lo comentamos.
De todas maneras, si quieres saber cómo se calculan los intereses del aplazamiento, basta con que digas a qué año corresponden y el principal aplazado y cuántos pagos fraccionados tuviste y te lo diré con detalle.
05/09/2013 20:22
Gracias anticipadas,
Deuda principal requerida en Junio 2010 corresponde a la Declaración del año 2005 7000 euros.
2 pagos de 900 euros, pagados noviembre y diciembre 2010 y
18 pagos de 300 euros, 1º en marzo 2011, último agosto 2012.
En el 2005 la declaración salía a Devolver, cuyo importe me habían devuelto en su dia, pero en la liquidación me lo cobran, y me cobran los intereses de demora desde 17-06-2006,,,,ahora tendrán que devolverme el importe de la declaración, más intereses de demora igualmente no?. Vaya lio,,,,,Un saludo.y Gracias nuevamente.
06/09/2013 18:12
Voy a procurar hacerte el cálculo de los intereses del aplazamiento solamente. Cuando veas la mecánica podrás aplicarla a todo lo demás porque se trata simplemente de aplicar la fórmula del interés simple. Además el cálculo se facilita porque el tipo de interés de demora desde el año 2010 hasta ahora ha sido siempre el mismo: 5% anual.
Si el 1 de junio de 2010 te aplazan 7.000 euros y el primer plazo que pagas es el 5 de noviembre de 2010, siendo el principal pagado de 900 euros, los intereses son:
7.000 x 5/100 x 158/365= 151,51 (he puesto 158 porque son los días desde el 1 de junio hasta el 5 de noviembre)
Los intereses a pagar el 5 de diciembre:
como el principal se ha reducido en 900:
6.100 x 5/100 X 30/365= 25,07
Intereses el 5 de marzo de 2011 (se ha reducido el principal en otros 900):
5.200 x 5/100 x 90/365= 64,11
Y así sucesivamente...
07/11/2013 08:36
Recibo carta de la Excma. Hacienda, en la que como ciudadano confiado, creía me notificaban el importe de la cantidad cobrada ilegalmente más los intereses......ja,ja,ja, qué incredulos somos los ciudadanos normales.....Después de haber ganado en el TEAR, mi recurso, viene hacienda y me dice¨reconocer el derecho a la devolución del dinero de la impugnación" y especifican la cantidad pagada por mí la total con los intereses que ellos me aplicaron hasta el último dia....
"reconocer el derecho a la devolución de los intereses correspondientes hasta la fecha de ordenación del pago"......
Y hasta luego,porque no me indican absolutamente nada de cuales son los intereses....pero por la cantidad que me ingresan en cuenta no me cuadra.....

Si Hacienda en junio 2010 me envia una liquidación correspondiente al año 2005, en la cual me pone clarísimamente que corresponde a la multa que ellos creen,a la que suman el importe correspondiente a la declaracion de la renta de 2005 que me daba a devolver, y a todo eso suman intereses de demora desde Junio 2006....y cuando solicito aplazamiento de pago me vuelven a cobrar intereses por los plazos aplazados.termino de pagar el último plazo agosto 2012,,,,,,el tear estima a mi favor el recurso presentado en Julio 2013....
¿Desde qué fecha me deben pagar intereses hacienda?,
07/11/2013 08:44
perdon, el recurso se presentó en el 2010,pero la sentencia es de Julio 2013...lo que desearía saber es desde qué fecha debe hacienda hacer el cálculo de los intereses de devolución,,,tanto de la deuda cobrada, como de lo correspondiente a la declaración de renta a devolver del 2005 que me cobraron,Gracias.
07/11/2013 11:36
acabo de recibir otra notificación de hacienda, y ahora todavía estoy más asombrado.
intentaré ponerlo claro:
liquidación provisional IRPF 2005,
el 10 Junio 2006, envían clarísimamente reflejadas fechas,nº de dias,tipo interés,intereses,e importe no efectuado, según hacienda tenía que pagar y he pagado ( SÓLO DE INTERES YO HE PAGADO TOTAL 1.667,37, MÁS LA CUOTA QUE DECÍAN).

La sentencia del TEAR es el 28 DE JUNIO 2013 Estimando mi recurso ....

y hoy recibo escrito con fecha 25 de Octubre :
intereses de demora devengados hasta la fecha del acuerdo y notificados 761,92,.

ES DECIR ES UN CHOLLO PARA HACIENDA COBRAR DE ESTA MANERA A LOS CIUDADANOS......yo he pagado de intereses de demora 1667, y ellos sin especificar cómo hacen los cálculos, pretenden pagar 761 euros....de hecho ya lo han ingresado en cta.
¿Desde que fecha debe hacienda calcular los intereses de demora?, ¿puede ser que intenten aplicarlos desde que recibieron ellos en septiembre creo, la sentencia del tear que tenía fecha de 28/06/2013?.....Saludos y gracias.
07/11/2013 18:44
Vamos a ver: para que no tenga que "bucear" en tal enormidad de datos y cálculos y los puedas hacer tú mismo, te explico cómo va la cuestión.
Si Hacienda te cobró intereses en su día es porque pagaste más tarde de la fecha que correspondía (teóricamente porque ya sé que ahora se anula la deuda). Por tanto ahora te tiene que devolver lo que te cobró y pagarte intereses a partir de tu fecha de pago hasta la fecha en que te devuelva el principal.
Por ejemplo, suponte que tenías que pagar 1.000 euros el 1 de enero de 2007, pedes un aplazamiento y pagas el 30 de junio por lo que Hacienda te cobra intereses desde el 1 de enero hasta el 30 de junio. Ahora ganas el juicio y Hacienda te tiene que devolver los 1.000 euros más los intereses que te cobró, más los intereses desde la fecha en que pagaste (30 de junio) hasta ahora (creo que la fecha final suelen poner la de su orden de devolución).
12/11/2013 16:01
Gracias Juan S, ahora sí entiendo cómo vá el tema de los intereses....Gracias por todo....
12/11/2013 17:29
Hola, soy una afectada más de las injusticias de hacienda y os escribo para exponeros mi caso.
Bien, yo me divorcie y le vendí mi parte a mi ex de la que entonces era mi vivienda habitual, la cual compramos en 2003. La compra-venta de mi parte se hizo en el 2007.
Dicho esto, en marzo recibo una notificación de hacienda la cual me dicen que no queda claro en la declaración del 2007 que esas ganancias patrimoniales que yo obtuve fuera reinvertida en los dos años posteriores que tenia. Pues bien, en el 2008 yo me compraba lo que sería mi vivienda habitual reinvirtiendo todo lo que obtuve de venderle a mi ex mi parte, así que solo había pasado un año del plazo que tenia, y en cuya declaración se puso que esas cantidades estaban exentas por reinversión. No sé porqué hacienda en la declaración que ellos hacen y me envían eliminan esas dos casillas sin más, sin tener en cuenta los dos años siguientes que yo tenia para reinvertir. Enviamos documentación que me pedían (escrituras, plusvalía, la hipoteca que solicité con todos las cuotas pagadas hasta ahora, certificados de empadronamiento histórico, gastos que tuve...etc). Pues aún así ellos siguen en las mismas, deciros que mi gestora se equivocó y puso como mi vivienda habitual el domicilio de mi madre que ese es el que tengo a efectos de domiciliación fiscal porque me iba mejor para recibir las cosas allí en ese momento, pues bueno por ese fallo hacienda me sale que estoy alegando que mi domicilio habitual es otro diferente del cual yo entrego documentación y que además ni lo demuestro con un certificado de empadronamiento histórico, lo cual no es cierto porque se entregó. Debido a eso me volvieron a enviar una notificación con una liquidación provisional de los casi 20.000€ que me reclaman más 5.000€ de intereses por el tiempo transcurrido. Hemos alegado, hecho recursos, enviando otra vez toda la documentación con más de lo, mismo escrituras, certificado histórico de empadronamiento, recibos y dadas de alta de teléfono, de muebles que compré, etc., aclarando que el otro es el domicilio solo de mi madre y el mío es el otro...Total que como no me llega ninguna resolución y solo hacen que denegarme los aplazamientos/fraccionamientos de la deuda, voy a tener que empezar a pagarles sin tener ese dinero, además de que creo que no he cometido ningún fraude ni he hecho nada que yo crea que esté mal, y si tengo que pagar esa deuda de golpe porque ni la garantía hipotecaria que entregamos me sirve porque aún habiendo comprado mi piso por una cantidad muy elevada, ahora la tasación es de menos de lo que me queda por pagar de hipoteca, pues no sé si me van a embargar el piso con el esfuerzo que hice por comprarlo y por pagar todas mis cuotas cada mes. Estoy indignada, cabreada, asustada sin creer que algo así pueda estar pasando.
13/11/2013 21:54
Creo que tienes que acudir urgentemente a un buen asesor para que, a la vista de todos los papeles, vea lo que te conviene hacer. Te estás jugando mucho dinero, por lo que no te conviene equivocarte.
14/11/2013 17:28
Lo sé, ya cambie de la gestora que me lo llevaba y ahora estoy en manos de un asesor-abogado, pero la verdad no sé todavía que va a pasar. Estamos intentando que el tasador nos haga una nueva tasación a la alta, y si no, a ver que cree mi abogado que podemos hacer...Yo me pregunto como pueden suceder estas cosas cuando uno lo hace todo legal, pagué la entrada de mi piso por más de la cantidad que estaba exenta por reinversión, y aún entregándoles todo tipo de documentación a hacienda y por un error de escritura al poner mi dirección habitual la de mi madre puedan agarrarse a eso...Y mientras sigo esperando que me llegue una resolución a favor o en contra, ya no lo sé, por parte de hacienda. Lo que no entiendo es como funcionan, que para un mismo expediente haya un departamento diferente para lo que son sanciones, liquidaciones, alegaciones o recursos, sin saber que documentación que se ha presentado de cada cosa...bueno no sé si me he sabido explicar muy bien...
En mi caso Juan S que crees que podría hacer o que es lo que me conviene, tendría que acudir directamente al TEAR? , esto es desesperante!!!
14/11/2013 22:34
Yo no te puedo decir lo que te conviene hacer porque sería un irresponsable, dado que ni siquiera sé en qué fase se encuentra el procedimiento.
05/12/2013 11:46
Buenos días, os comento mi caso, me revisan la declaración por deducción de vivienda habitual por bajo consumo, presento tickets de compra de tiendas de la zona, certificado del registro mercantil de que es mi única vivienda, factura de ono de teléfono y televisión, y me contestan diciendo que mis facturas son de poco consumo y la factura de ono que no refleja ningún consumo...ya que parece que no saben que las llamadas nacionales son gratis, pero si no vivo allí para que pago telefono y televisión...
Ahora tengo que aportar alegaciones, que puedo decir......si no les vale nada de lo que presento y mi bajo consumo es porque voy a dormir.....
Me pueden revisar las declaraciones anteriores?
05/12/2013 19:22
¿Cuánto consumes al año, más o menos?
07/12/2013 10:34
Si sirve de consuelo, en mi caso, Hacienda me fué rechazando todas las alegaciones que presentabamos, incluso cuando presenté el recurso en el tear tuve que pagar la multa antes de la resolucion final del tear....Yo busqué un asesor que me realizó todas las alegaciones al tear, junto con algo de lo expuesto por Will en sus comentarios arriba en 3 apartados.....No desespere hacienda posiblemente le rechace todas las alegaciones que Ud. presente, funcionan así, porque necesitan dinero.....llegue si está en su derecho hasta el final al tear.....Yo he ganado mi recurso 8000 euros que me querían "limpiar", Suerte y busque un asesor....pero informese bien de lo que la propia hacienda interpreta como "vivienda habitual", en muchos casos (el mio entre ellos), la propia hacienda se excede en la consideracion de vivienda habitual(lo digo porque lo tengo escrito en la sentencia del tear).....Mucha suerte y a pelear....yo tardé 3 años en tener la sentencia.
16/12/2013 17:59
He recibido una nueva comunicación de hacienda, en la cual me indican que:" se inicia un nuevo procedimiento de gestión tributaria de comprobación limitada, procedimiento que puede finalizar con la práctica de una liquidación provisional", con la misma referencia de la propuesta ganada en el TEAR.
Mi pregunta es: si la primera propuesta es de Mayo del 2010. y la resolución del tear ganada en Junio 2013, ésta segunda, aunque correspondiese al mismo expediente no excedería del plazo?, al corresponder la liquidación al ejercicio 2005 y recibir la notificación de esta segunda el 16 de Diciembre 2013.?¿ o al iniciarse el primer expediente en mayo del 2010 (1 mes antes de la prescripción de la declaración de la renta), esto se paraliza indefinidamente?Un saludo.
17/12/2013 20:57
Todo dependerá de que el TEAR haya anulado totalmente el procedimiento anterior (nulo de pleno derecho) o solamente lo haya repuesto a algún momento del mismo.