Hola: Sarapiki, gracias por tu colaboración y interés en las consultas que se te hacen, con lo de la multa de cabina de radar podría alegar que conducía un hermano ya fallecido con ocho meses ya transcurridos gracias y un saludo.
El Registro Central de Conductores tiene cruce de datos con el Registro Civil. Esto quiere decir que, si pones como conductor a un fallecido con anterioridad al dia de la infraccion, va a saltar que el conductor habia fallecido, con lo cual, se te incoara un expediente por incumplimiento del art 9 bis LSV (obligacion de identificar verazmente al conductor) por el triple de la cuantia inicial de la multa, y sin posibilidad de pago con descuento
Hola: Serapiki, muchas gracias por tu ayuda es un gran alivio poder comunicarse hoy en día de estos casos, de las multas que tantos quebraderos de cabeza nos dan y ademas las carreteras están llenas de trampas y no vamos poder salir de casa como no nos compremos un seat 600 y aun así nos pueden multar.
Tú lo has dicho, no vamos a poder a salir de casa con gente que va a 100 km/h., en moto, y por ciudad.
Conozco de un caso similar que el motorista cayó y la moto amputó una pierna a un niño...
Conduce con corazón!