Hola
en mi ciudad el Ayuntamiento ha publicado la normativa de que los ciclistas deben tener un seguro de responsabilidad civil obligatorio específico para circular con ellas.
Se supone que la DGT es la única que tiene competencias para exigir un seguro de circulación, cosa que el Consistorio ha reconocido a la prensa, pero a pesar de todo, la normativa ha sido aprobada
Mis pregunas son:
- Debo acreditar documentalmente e 'IN SITU' el tener seguro, si un agente municipal me lo requiere?, porque con la normativa DGT para coches, no es necesario enseñar los papeles del seguro, sólo tenerlo en regla.
- Si me `ponen una multa por no tener ese seguro, ¿con qué argumentos interpongo el recurso?. He pensado en NULIDAD RADICAL (de pleno derecho) por falta de competencias para dictar esa norma, o por. Desviación de Poder. ¿Son correctos?, ¿hay otros argumentos?