¿A quien deben multar en una multa de aparcamiento en caso de que el conductor que aparcó mal no coincida con el titular del vehículo?
Esto cuando el conductor no está presente...
Se denuncia al autor del hecho. Para ello requieren al titular del vehículo para que comunique quien conducía. En caso contrario, no comunicación, se denuncia al titular del vehículo con una sanción sensiblemente mayor.
En las multas de aparcamiento se tiene al titular del vehículo como autor del hecho. Art. 69.1 g) de la Ley 18/2009 Seguridad Vial. "El titular o el arrendatario, en el supuesto de que constase en el Registro de Vehículos, será responsable de las infracciones por estacionamiento, salvo en los supuestos en que el vehículo tuviese designado un conductor habitual o se indique un conductor responsable del hecho."
como muy bien apunta clms100 ahora salvo que comuniques que tu no conducías ,el titular será responsable y consiguientemente no se le solicitaría que identificase al infractor. Pero este apartado entró en vigor en enero de 2013 y no sé si se hace así efectivamente.
¿¿¿que ese apartado entro en vigor en 2013???
Ese apartado, como el resto de apartados de la ley 19/2009 entro en vigor en mayo de 2010, excepto aquellos que ya habian entrado en vigor al dia siguiente de su publicacion
Asi que si la multa es de julio de 2012, se tramita contra el titular, a menos que este, una vez recibida la notificacion, identifique a otra persona como conductor
Tres. Con efectos a partir de 1 de enero de 2013 y vigencia indefinida se modifica el
apartado g) del artículo 69.1 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el
que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a
Motor y Seguridad Vial, que quedará redactado del siguiente modo:
«g) El titular o el arrendatario, en el supuesto de que constase en el Registro
de Vehículos, será responsable de las infracciones por estacionamiento o de
impago de los peajes de las vías que lo tengan regulado salvo en los supuestos en
que el vehículo tuviese designado un conductor habitual o se indique un conductor
responsable del hecho.»
Estimado/a sarapiki, aquí tienes la disposición final 3 de la Ley de Presupestos para 2003.
La modificacion a la que hace referencia esa ley, solo introduce como novedad el añadir a la redaccion ya existente el tema de los peajes. Las infracciones por estacionamiento estaban ya reguladas por la ley mencionada anteriormente, 18/2009 de 23 de noviembre, por lo que a ese respecto, no hay ninguna novedad
El artículo 69.1.g de la Ley 18/2009 entro en vigor a los 6 meses como así consta en la disposición final septima de la misma ley.
Por lo que a julio de 2012 no es necesario requerir la identificación en infracciones por estacionamiento.
Vaya, no estaba al corriente de este detalle.
Entonces las infracciones por estacionamiento, si identifica al titular del vehículo directamente como autor?
En las infracciones por estacionamiento se tendrá al titular como autor del estacionamiento. Aunque éste puede identificar al conductor lo que no va a recibir es un requerimiento de identificación como tal.