Me ha contestado un abogado de mi compañia de seguros. La multa seria improcedente, ya que mi coche enta dentro de mi propiedad y en ningun caso esto en una zona publica, acera, aparcado en el vado, etc. Si lo tengo estacionado en la acera, o en el vado si me podria multar, esta claro, pero dentro de mi propiedad Inmobiliaria, no.
Les comento mi caso. Vivo en una vivienda adosada con placa de vado legal así como un prohibido aparcar conforme salgo de frente a la derecha, Esta mañana he llamado a la policía ya que no puedo girar si algún vehículo se encuentra estacionado en ese prohibido aparcar. Ha venido la policía y la grúa se ha llevado el vehículo. Antes de irse la policía ha llamado a mi puerta para decirme que aunque tengo vado y el prohibido aparcar en mi rampa que es propiedad privada donde tenía un segundo coche aparcado no lo puedo aparcar. La rampa tiene unos tres metros y esta vallada, solo se accede por el vado, de largo no invado la acera, ni aparco delante del vado, vamos es de mi propiedad exclusivamente. A lo que le he contestado que según la ley es una propiedad privada ,así como un jardín de acceso que está perfectamente delimitado. Me ha precedido que me están coaccionando porque como la gente no respeta nada, debe de tener algún vecino amigo que se lo ha comentado,,
Tendria que ver las fotos, pero en principio opino que tienes poco que hacer. La longitud del coche no se mide desde las ruedas, sino desde la parte mas saliente de la parte delantera hasta la trasera. Eso de "levitando" no te va a servir de mucho, pues en el hipotetico caso de que tuviera que salir del garaje un vehiculo de grandes dimensiones, el morro de tu coche "levitando" le podria obstruir el paso
Mi historia es la siguiente: aparqué mi coche inmediatamente antes del inicio de un vado de 6m con la “mala suerte” de que el inicio de mi morro iba a caer levitando sobre la linea amarilla. Ni el morro entero, ni las ruedas, nada más que el inicio del morro del coche levitando sobre la linea. El coche en ningun momento obstruia ni dificultaba la entrada y salida del susodicho parking. Algun vecino simpático llamó a la grua y se llevaron mi coche. Me ha llegado una multa con la descripcion “aparcar delante de un vado bien señalizado”.
Si me aferro a la expresión “delante de”, ¿puedo recurrir la multa alegando que en ningun momento mi coche estuvo delante de ningun vado? Tengo fotos de la sanción y son ridículas. Solo se ve el morro levitando sobre la linea amarilla pero en ningun momento mi coche esta aparcado “delante de un vado”. ¿Hasta qué punto es correcta la sanción si mi coche no obstruia nada y ni siquiera tocaba la linea con sus ruedas?
Gracias.