Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

multa aparcamiento en mi propio garaje

12 Comentarios
 
Multa aparcamiento en mi propio garaje
25/07/2007 21:24
hace concretamente dos meses y tres dias, cuando sacaba mi coche de mi garaje, el cual es privado, no comunitario. sali por la parte del portal a la calle y tenia en mi coche una multa por estacionar en vado permanente. inmediatamente me persone en la comisaria d ela policia local, les explique q era mi propio garaje y que apenas tenia el coche alli 3 minutos y me dijeron que para eso tiene que llamar alguien denunciandolo, es decir, el dueño del garaje. Despues de un rato de charla, enla cual deducimos entre los agentes y yo que habian llamado unas personas que por supuesto no me tiene mucho cariño, el agente me dice que me olvide de la multa y la raja delante de mi . ESta mañana se persona en mi casa el señor cartero con una multa certificada, por el hecho que ocurrio hace mas de dos meses, puedo recurrir, pero podriais ayudarme , al pasar tanto tiempo, no esta fuera de plazo? si el guardia rajo mi multa y toda esa conversacion fue delante de otros tres agentes mas, dentro del propio ayuntamiento, q debo hacer?
muchas gracias y perdonad si me he alargado, estoy realmente indignada. saludos
29/07/2007 18:53
La acera de una calle es del Ayuntamiento, el vado es un permiso (con licencia) que autoriza al paso de un vehículo pasando por la acera...En el citado paso de carruajes no puede estacionar ningún vehiculo, "a no ser por causa mayor justificada".
29/07/2007 19:01
Te añado las multas prescriben a los 3 meses contando desde el dia de la infracción (art. 81 de la ley de circulación vial)...Si recurres empiezas el juego de que el Ayuntamiento meta la pata en algo, de lo contrario pagarás la multa más el 20%...Todo es jugártelo como en el casino...
01/08/2007 06:13
Vamos a ver, permitidme intervenir en este tema: Dices El hoy que “el vado es un permiso (con licencia) que autoriza al paso de un vehículo pasando por la acera...", y yo pregunto ¿y los vados que se colocan al otro lado de la calle para que no aparque nadie y así poder maniobrar el titular del garaje, ya que no hay suficiente espacio?,¡ por haì no se atraviesa ninguna acera!. ¿ que ocurre con esos vados entonces?.
Saludos cordiales,
02/08/2007 18:12
La Real Academia de la Lengua define la palabra "vado" como: Modificación de las aceras y bordillos de las vías públicas para facilitar el acceso de los vehículos a los locales y viviendas.

El Ayuntamiento lo llama "paso de carrujes", y por ello cobra un impuesto anual.
07/08/2007 16:27
Ginebra dice:

"hace concretamente dos meses y tres dias, cuando sacaba mi coche de mi garaje, el cual es privado..."

Después resulta que no, que SU coche no estaba en SU garaje sino en el vado, osea en la vía pública. Qué pretende?
Como ya le han dicho, ese vado le sirve a usted para acceder a SU garaje, no para estacionar en él.
A la comisaría de la policía local no tiene que ir para nada, si no está usted de acuerdo con la denuncia haga un recurso.

Un saludo.
07/08/2007 17:44
gracias a todos por vuestros comentarios, excepto a este tal Kapitan, mi coche no estaba en el vado, estaba sacando el coche del garaje, no estaba estacionado, resulta que las personas necesitamos un tiempo para cerrar la puerta y echar la llave, no se si usted señor( por decir algo) Kapitan, resulta que cierra la puerta isofacto, pues q suerte tiene, yo nunca estaciono en un vado, ni en el que pago yo ni en el que pague otro vecino.
a la comisaria municipal voy si lo creo oportuno, me comprende? y efectivamente como no he estado de acuerdo he hecho el recurso.
siento que haya gente tan poco simpatica como este señor Kapitan , cuando por este foro hay gente tan amable.
saludos
07/08/2007 20:25

Vamos, que ahora resulta que estaba cerrando la puerta del garaje, el policía le pone una denuncia y usted, ni se da cuenta ni ve al policía!!
No sería que el coche estaba en la acera, cruzado y dificultando el paso de los peatones?
No se enfade conmigo señora (también por decir algo), sólo le he dado buenos consejos, si hubiera hecho la consulta antes de ir a la comisaría y me hubiera hecho caso, se habría ahorrado el viaje.
Por cierto, el policía no puede romper "la multa", eso es grave.

Un estúpido saludo.
08/08/2007 10:18
lo mejor antes de responder a una consulta es leerla.
q tipo de gente hay , q manda saludos estupidos?? buenisimo jajaa q me parto
08/08/2007 16:57
No te hagas daño.

Recuerdos a Lancelot.
18/08/2007 10:42
Estoy de acuerdo en el fondo de lo que dice kapitan, lo unico que puede hacer Ginebra es recurrir la denuncia si no esta conforme, saludos y suerte.
29/10/2014 22:18
Respondiendo a la consulta de Ginebra.

Aquí tiene el Real Decreto Ley por el que se aprueba la ley de tráfico y seguridad vial de la Dirección General de Tráfico.
http://www.dgt.es/Galerias/seguridad-vial/normativa-legislacion/ley-trafico/normas-basicas/doc/RDL-339_1990.-Ley-Seguridad-Vial-actualizado-a-Ley-6_2014.pdf

Según el artículo 39, Prohibiciones de paradas y estacionamientos, en el punto 2, Queda prohibido estacionar en los siguientes casos, dice el apartado f, Delante de los vados señalizados correctamente.

Con lo cual, usted paga la tasa anual a su Ayto. por tener dicha placa de vado, pero esa placa es para todo vehículo que esté estacionado en él.
En ningún punto o apartado dice que el propietario del vado si pueda estacionar su vehículo delante del vado.

Otra cosa, se que este tema es del 2007, pero estaba buscando información al respecto.

Una última cosa dirigida a los administradores de esta plataforma online.
No tenía ganas de registrarme para poner un comentario, así que he entrado con un usuario genérico que suelen poner los administradores.
Por favor, revisar la seguridad... en este caso las cuentas típicas por dios!

Pues nada, siento la intrusión y me voy a quitar mi coche de mi vado.

Un saludo!
01/11/2014 14:38
Creo que Ginebra habrá resuelto o prescrito su problema.