Hola buenas
mi duda es la siguiente y espero puedan aclararme algo, porque estoy algo perdido, trabajo para un organismo de control autorizado que colabora de manera directa con la marina mercante y claro esta el ministerio de fomento, el caso es que con el coche de la empresa rotulado y realizando una actividad de trabajo para la marina mercante en las instalaciones portuarias, y me han puesto una multa por aparcar suelo portuario mientras realizaba mi actividad profesional, ademas ese lugar en concreto es de uso constante para mi actividad.
yo soy consciente que un coche privado por aparcar en suelo portuario comete infraccion, pero tambien se que para actividades portuarias si dejan campar a tus anchas digamos si tienes autorizacion, el tema es que mi empresa como colaboradora de ministerio de fomento, en principio podemos acceder a cualquier lugar que vayamos, ya que vamos en su representacion para realizar dicha actividad, por ello mi pregunta.
¿estan haciendo bien en sancionar a una empresa privada que colabora con la marina mercante y con el ministerio de fomento y que en teoria deberian estar autorizadas a entrar sin autorizacion ya que representan a esas instituciones y no impiden de alguna forma que realice mi actividad laboral?
gracias por lo que me pueden orientar, porque la verdad estoy bastante perdido y solo hay un sitio en toda España donde esto no lo entienden ... o quizas en toda España hacen la vista gorda menos en este sitio que aplican bien la ley ... espero haber explicado mi duda claramente