Creo que no es necesario que se saque el permiso de conducir español, solo que al ser residente y llevar residiendo mas de 6 meses en el pais solo tiene que registrar su domicilio en el pais, en su permiso de conducir aleman, mediante sello creo, vamos registrarse, vamos registro de conductores. creo que alguien me corrija si no. un saludo.
Si la Directiva de referencia no esta incorporada al Ordenamiento Jco Español, pienso q no es aplicable.
Otra cosa sería si por causa de no trasposición de la Directiva España pudiera ser denunciada y condenada ante el TJCE, pero a efectos prácticos no sé si merecerá la pena.
Las Autoriadades de Tráfico multan a los nacionales de otros paises de la Unión Europea ( el caso conocido, un nacional alemana) por conducir un vehículo en España con carnet de conducir alemán vigente en el momento de la conducción, alegando que el Reglamento General de Coductores aprobado en 1997 obliga a los nacionales de otros estados miembros de la Unión europea a sacarse el carnet español para conducir en España cunado son residentes en España y llevan más de 6 meses residendo.
¿ No es esta práctica Nula de Pleno Derecho.y Nulo en este punto, el Reglamentop General de Conductores por contradecir a las Directivas Europeas de Libre circulación de personas y reconocimiento de permisos de conducir?