Bueno, en lo primero le doy la razón. Yo no recuerdo haber detenido nunca a nadie en presencia del abogado, si antes de detener a alguien avisásemos al abogado me parece que muy pocas detenciones podríamos hacer. Así que lo normal viene siendo que detengamos primero y llamemos al abogado cuando el detenido ya esté en el calabozo. Verá, yo solo puedo hablar por mi y los compañeros que he conocido, y lo que primero que siempre hacemos una vez hemos detenido es llamar al abogado, y lo segundo es avisar a la persona que el detenido nos diga (siempre y cuando no sea más urgente el reconocimiento médico).
Es posible que a usted le detuvieran hace tiempo, antes de la última reforma de la ley, o si fue hace poco que le tocase un funcionario pasota u olvidadizo que no le informara del habeas corpus como es debido, pero esto último, según mi experiencia, sería la excepción y no la norma.
Un saludo.
Para empezar,muchas vexes se degiene a lguien sin nisiguiera estar su abogado presente,vease casos en los aue se solicita abogado de oficio y el detenido lleva ya horas en calaboxoz cuabdo estd aparece.Por otro laso si el charcutero de la esquina a sidl detenido y me dice qud no le han ikfirmado del Habeas corpus,le creo poraue a mi tambien me a pasado y en mas de una ocasion.
Desde la última reforma la Ley de Enjuiciamiento Criminal es obligatorio informar del habeas corpus (art. 520) y así se viene haciendo desde entonces. De hecho, el formulario oficial que se genera informáticamente y es de lectura obligada ante el detenido y el abogado (y que es firmado por los mismos) contiene mención expresa al habeas corpus. Además, los abogados protestarían si el agente no informara de los derechos como es debido.Si usted dice que esto no es así, es que yo miento (dígame usted qué interés puedo tener en mentirles) y además los abogados se hacen los longuis y no velan por los derechos de sus defendidos.
Es usted muy libre de creer lo que dice un policía judicial veterano que detiene a un montón de personas al año, o en su lugar valorar como verdadera la opinión del charcutero de la esquina o del vecino del quinto. Usted verá qué le dice la experiencia y formación de unos y otros . Sinceramente, a mi me da lo mismo lo que ustedes crean o dejen de creer. Yo no cobro por vender este aparato, así que no perderé ventas porque ustedes crean que el manual de instrucciones es falso.
El forero antanos tiene toda la razon,la policia cuando te informa de tus derechos en comisaria no te menciona el Habeas Corpus.Lo digo por experiencia propia.Los formalismos estan muy bien superagente oficial,pero no siempre se cumplen.
No he dicho que los periódicos se inventen noticias, tan solo que en términos jurídicos suelen ser inexactos salvo escasas y honrosas excepciones.
Por lo demás, soy mando de un equipo de investigación de policía judicial, y como tal puedo asegurarle que siempre que detengo a alguien (y tras 27 años de servicio han sido cientos) le informo de sus derechos no una, sino varias veces, y al hacerlo siempre menciono a la persona detenida, como no puede ser de otra manera, que le asiste el derecho al habeas corpus. Lo mismo hacen todos mis subordinados, así como todos los compañeros de todas las unidades por las que he pasado. Como usted comprenderá, no tengo necesidad alguna de mentir en un foro, y menos aún de perjudicar una investigación, una causa, o a una persona detenida debido a un ejercicio de mis funciones poco profesional. Es por eso que dudo que una unidad de élite como es la UCO haya obrado de forma contraria a la ley. En todo caso, los centenares de abogados que han comparecido ante mi para asistir a un detenido, saben que lo que digo es cierto, y eso me basta.
Saludos cordiales.
Bueno, enmienda la plana siempre que puede. Si los periódicos se inventan las noticias, apaga y vámonos. La foto del detenido, una del DNI ¿también se la han inventado los periodistas? Y me reafirmo en que me resulta evidente que a esta señora no se le ha informado. Y le diré que en todos los asuntos que he he conocido, JAMÁS ( y lo pongo con mayúsculas), jamás he tenido conocimiento de que a ningún detenido se le haya informado del procedimiento de Hábeas Corpus, como en el momento de la detención se le informe al detenido de sus derechos. En todo caso, una vez en dependencias policiales se le informe de la hoja de derechos al detenido y no es tampoco de forma inmediata. Si alguno ha pasado por este trance y lee esto, seguro que estará de acuerdo.
Si usted se cree que a la mujer le informaron de sus derechos y especialmente sobre el asunto de encubrimiento a su esposo y luego cantó así de forma espontánea, mal lo lleva.
Y tenga en claro otra cosa, este asunto que ya me da arcadas, es para mantener al público ocupado con este circo.
Y si todavía cree que la justicia es igual para todos, mencionaré Borbón o Botín, al que se le llegó a fabricar a medida su famosa “doctrina”
¿Se acuerda de aquel señor de Jaén que se le condenó por matar y luego incinerar a sus hijos? Hasta les grabaron las conversaciones confidenciales acusado-abogado para luego ser divulgadas en los medios de comunicación, y no pasó nada. Todo lo contrario con la infanta, que se formó la de dios porque alguien grabó unas escenas sin mayor trascendencia dentro del juzgado.
Paleg, no dudo de su mejor intención, pero le ruego que ponga los pies en el suelo y sea de verdad realista.
Seguro que no va a rectificar, lo mismo que yo no voy a seguir con este tema. Eso sí, como tengo poderes adivinatorios, le adelanto que este señor ya está condenado, pase lo que pase. Y si un día aparece un inglés con una colilla que confiesa, le dirán que a la calle sin indemnizar porque el delito existió, aunque lo cometiera otra persona.
Por cierto, que la policía valore incorrectamente el motivo de detención en cuanto a su tipificación legal o el grado de participación de la persona detenida, no constituye un "vicio inicial" ni grave ni leve, y tal error jamás determinará la nulidad del procedimiento. Básicamente, según la ley la policía solo necesita cumplir dos condiciones para que la detención sea legal: Creer que se ha cometido un delito y que la persona a quien detiene ha participado en el mismo.
Según mi experiencia como operador legal, las noticias de prensa suelen ser bastante inexactas en lo jurídico, y dadas a incurrir en errores de bulto. En relación con ello, la Guardia Civil no se dedica a enmendar la plana a los periodistas, como mucho algún portavoz ofrece una rueda de prensa en la que narra lo acontecido pero sin entrar en detalles sobre la exacta calificación legal de los hechos, cosa que por otra parte no compete al cuerpo.
Lo demás son conjeturas por su parte, siendo especialmente atrevido que le resulte "evidente" que la Guardia Civil haya violado los derechos de la detenida, cuando dudo mucho que usted estuviese presente o que haya accedido al atestado. Además, desde la última reforma de la LeCrim. todo detenido es específicamente informado sobre su derecho al Habeas Corpus en presencia del abogado, así como de los hechos e indicios en que se basa su detención, por lo que de creer que existen razones para ello, tanto la detenida como el abogado podrían haber solicitado la impugnación de la detención, y no solo no ha sido así, sino que posteriormente incluso la juez sigue considerado a la señora como investigada.
Por lo que sale en las noticias, desde el momento de la detención y que no ha desmentido la G.C. es que la detuvo por encubridora.
También es evidente que la encubridora ha sido forzada a prestar declaración y me temo que sin abogado. No creo que ningún abogado permitiera eso.
De resulta de ello, ha dejado al marido sin coartada y finalmente como reconocen, se ha derrotado y confesado.
De resultas de todo ello, a ver si ahora un abogado decente va a tirar todo el trabajo de la G.C. abajo por existir un grave vicio inicial.
Si yo fuera el hijo de la señora y me entero de lo que cuentan las noticias, voy de cabeza al Juzgado para pedir un procedimiento de "Habeas Corpus" por detención ilegal.
Además no sabemos en que basó exactamente la Guardia Civil la detención de la mujer. Como quiera que la policía detiene por hechos y no por su exacta tipificación penal, y ya que en el momento de la detención del matrimonio todavía no se había encontrado el cuerpo de la víctima, la detención de la mujer se podía basar en su calidad de investigada, no como encubridora, sino simplemente por su posible implicación en la desaparición de la chica en cualquiera de sus posibles vertientes (inductora, cómplice, colaboradora necesaria...).
En definitiva, podía ser detenida como investigada/presunta participante en los hechos antes, durante o después, y con el fin de obtener información que permitiese el ulterior esclarecimiento, su mejor tipificación penal, o su puesta en libertad por haberse establecido que no participó, como así ha sido.
No no ha cambiado, el encubrimiento entre parientes sigue siendo una excusa absolutoria. La Guardia Civil enviará las diligencias al Juzgado y este incoara diligencias previas contra la mujer pero lo archivara en el mismo Auto.
Siempre he creído que la esposa de un delincuente no puede ser detenida por encubrimiento.
Y estamos asistiendo al asunto de estos días en que la esposa del presunto asesino, "El Chicle", la tienen detenida por el tema de la coartada que le ha dado a su marido.