Mi madre sufrio un accidente hace un año y nueve meses. El accidente le produjo graves secuelas de más de 100 puntos y gran invalidez según el informe del forense.
Recientemente ha muerto de cancer y no sabemo que pasará ahora con la indemnizacion.
Tenemos, como prueba, el informe del forense en el que nos da más de 100 puntos de secuela. El problema está en si los derechos son personalísimos o heredables. El abogado de la compañia nos ofrece los gastos, los días de baja y, la indemnización por muerte.
Nosotros no la hemos aceptado y la vamos a juicio por la vía penal en primera instacia el próximo mes de Mayo.
¿Debemos aceptar la indemnización? Si no la aceptamos ¿cuanto tiempo se prolongará el proceso judicial?
El problema está en la prueba de la relación de causalidad entre el accidente sufrido y la muerte posterior de la persona.En este caso parece que, dada la secuela, pudiera admirtirse así.Partiendo de esta base ha de tenerse en cuenta lo dispuesto por el art.659 del Código Civil en cuanto establece que en la herencia se comprenden todos los bienes,DERECHOS,y obligaciones de una persona que no se extingan por su muerte. El derecho a ser indemnizado se transmite íntegro,pues, a los herederos.
Lo que entendemos es que las secuelas ya estaban estabilizadas y que nos corresponde la indemnizacion como si no hubiera fallecido. La indemnizacion la valoramos en más de 600.000 Euros
Aunque no haya un nexo causal accidente/muerte, lo acordado en la indemnizacion debe ser transmitido en su totalidad a los herederos, pues es el resarcimiento a un hecho sufrido, en el que hubo unas lesiones que deben ser valoradas (guarda el informe medico), si no lo fueron ya y, persiste el derecho a la indemnización aunque el sujeto falleciera.