Si , el contrato continua vigente, los herederos se subrogan en la posición de arrendador, en identicas condiciones que el difunto, es decir, las partes continuan con iguales obligaciones y derechos hasta la fecha de finalización del contrato.
Es causa de extinción del contrato el fallecimiento del arrendatario pero no el fallecimiento del arrendador.
Hola a todos!! En el caso de fallecimiento del arrendador-propietario de una vivienda, ¿los herederos están obligados a continuar con el contrato de arrendamiento hasta su extinción? Gracias.