Buenos días, si un administrador único de una sociedad anónima fallece sin estar establecido en los estatutos ningún sustituto y la sociedad quiere cambiarlos, no sólo para designar un consejo de administración sino también para poner un sustituto en caso de muerte, revocación o dimisión ¿cómo debería hacerlo?
Es decir, lo primero de todo es ir al Juez de lo mercantil para convocar la junta general y entre los puntos del día estará la modificación de estatutos con su procedimiento. Hasta ahí, bien. Pero ¿Como se lleva a cabo el sistema de cooptación?