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muerte arrendador vivienda

4 Comentarios
 
Muerte arrendador vivienda
perfil hp
28/07/2006 09:59
mi abuelo tenia un contrato de arrendamiento firmado por un año, que llega a vencimiento en septiembre. él acaba de fallecer y yo soy la heredera. ¿me tengo que subrogar en ese contarto y respetar el plazo de los cinco años? ¿hago un nuevo contrato en mi nombre o como heredera?
¿puedo rescindir el contrato? habioa una clausula que ponia que se extinguiria cd lo necesitare el arrendador para si y yo , que soy la nueva arrendadora , lo necesito para vivir.
gracias de antemano
28/07/2006 11:50
Te subrogas en todas las obligaciones y derechos de tu abuelo.

No es necesario nuevo contrato.

Puedes ejercer tu drecho a oponerte a la prorroga forzosa si este se contenía en el contrato de arrendamiento.

saludos.
perfil Jan
28/07/2006 11:53
Hola hp. Voy a intentar responder a sus preguntas por orden de aparación.

1º. Entiendo que usted como heredera se subroga en los derechos y obligaciones de su abuelo.Ello significa que ha de respetar todo lo pactado en el contrato que celebró su abuelo.

2º. Debe notificar a su Arrendatario la muerte de su abuelo, indicando que usted se subroga en su posición y que las rentas serán satisfechas en el nº de cuenta que usted facilite. Podría adjuntar además certificado de defunción de su abuelo y su condición de heredera.

3º. Usted puede rescindir el contrato en base a la cláusula por usted mencionada, pues usted es ahora la nueva titular arrendaticia. Tenga en cuenta que si hace uso de la citada cláusula deberá cumplir lo estipulado en el art 9.3 párrafo 2º de la LAU 1994.

Salvo mejor criterio. Un saludo.
perfil Jan
28/07/2006 11:58
Hola Ignacio. creo que nustros mensajes se han cruzado. Pido disculpas.

Reciba un cordial saludo.
28/07/2006 12:35
Tu respuesta, como sucede normalmente, es mucho más completa que la mia. Mejor para hp.

Saludos.