mi abuelo tenia un contrato de arrendamiento firmado por un año, que llega a vencimiento en septiembre. él acaba de fallecer y yo soy la heredera. ¿me tengo que subrogar en ese contarto y respetar el plazo de los cinco años? ¿hago un nuevo contrato en mi nombre o como heredera?
¿puedo rescindir el contrato? habioa una clausula que ponia que se extinguiria cd lo necesitare el arrendador para si y yo , que soy la nueva arrendadora , lo necesito para vivir.
gracias de antemano
Hola hp. Voy a intentar responder a sus preguntas por orden de aparación.
1º. Entiendo que usted como heredera se subroga en los derechos y obligaciones de su abuelo.Ello significa que ha de respetar todo lo pactado en el contrato que celebró su abuelo.
2º. Debe notificar a su Arrendatario la muerte de su abuelo, indicando que usted se subroga en su posición y que las rentas serán satisfechas en el nº de cuenta que usted facilite. Podría adjuntar además certificado de defunción de su abuelo y su condición de heredera.
3º. Usted puede rescindir el contrato en base a la cláusula por usted mencionada, pues usted es ahora la nueva titular arrendaticia. Tenga en cuenta que si hace uso de la citada cláusula deberá cumplir lo estipulado en el art 9.3 párrafo 2º de la LAU 1994.