Inscriba el contrato de arrendamiento en el Registro de la Propiedad para reforzar sus derechos. Puede no pagar hasta que el nuevo dueño se lo reclame, enervando (si lo pretende) el desahucio por impago.
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Sabe usted que si en hacienda se comunica que esa vivienda no tiene herederos, usted tiene derecho a un 10% cuando se venda?
Lo que le aconsejo es que para evitar problemas con la comunidad, hable con el presidente e indique que para que la comunidad no salga perjudicada usted abonara la cuota, asi se quita un potencial enemigo
amadeo2002 muchas gracias por su respuesta.
Podría decirme si llegado el caso , Hacienda se pondría en contacto con el inquilino antes de vender la vivienda?
El inquilino tendría derecho preferente de compra si la vivienda se pone en venta?