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Movilidad reducida

2 Comentarios
 
Movilidad reducida
perfil nej
24/03/2025 10:47
Buenos dias, quisiera saber si en una comunidad de vecinos donde hay una persona con discapacidad y vive en ella ocasionalmente (unos dias de vacaciones) tiene la comunidad derecho a adaptarle rampas, ascensores y demas elementos, o es obligacion solamente cuando esa persona es residente habitual?
24/03/2025 10:57
El art. 10.1.b, lo deja muy claro
Las obras y actuaciones que resulten necesarias para garantizar los ajustes razonables en materia de accesibilidad universal y, en todo caso, las requeridas a instancia de los propietarios en cuya vivienda o local vivan, trabajen o presten servicios voluntarios, personas con discapacidad, o mayores de setenta años,
24/03/2025 19:23
nej
¿Y si el vecino con discapacidad solo viene de vacaciones? ¿También hay que adaptar el edificio?

Pues sí, señor/señora. La ley no hace distinción entre si una persona vive todo el año en el piso o solo viene unos días. Lo que importa es que, mientras esté ahí, tenga las mismas facilidades que cualquier otro vecino.

Imagínese que usted, por cualquier motivo, necesitara un bastón o una silla de ruedas temporalmente. ¿No le gustaría que su portal tuviera rampa o que el ascensor funcionase bien? Pues igual.
Pero… ¿y si la comunidad no quiere gastar dinero en algo que se usará poco?

Entiendo el dilema, pero la ley es clara: las comunidades deben hacer "ajustes razonables" (rampas, ascensores accesibles, etc.) siempre que sean posibles y no supongan un coste desorbitado.

Eso sí, no hace falta hacer una obra faraónica. Por ejemplo:

Si hay escalones en la entrada, se puede poner una rampa móvil (que no cuesta tanto).

Si el ascensor es viejo, quizás basta con adaptar los botones a una altura accesible.

¿Y si los vecinos se niegan?

Aquí viene lo bueno: el afectado (o su familia) puede exigirlo por ley, incluso sin unanimidad. Basta con que lo apruebe la mayoría de los vecinos en una junta. Y si se ponen muy difíciles, se puede denunciar de forma sencilla (sin abogado, mediante un procedimiento monitorio).
Resumen:

Sí, el edificio debe adaptarse, aunque el vecino solo venga unos días.

No hace falta que sea una obra millonaria, pero sí soluciones prácticas.

La comunidad no puede negarse sin motivo, porque la accesibilidad es un derecho.

¿Ve cómo no es tan complicado? Si en su comunidad hay este caso, lo mejor es hablarlo con buena voluntad y buscar soluciones que beneficien a todos.