Gracias Jesufer por tu respuesta.
Trataré de ampliar los datos. En la conciliación no hubo avenencia pq el jefe de rrhh de la empresa alegó que me mantenían el sueldo y la categoría profesional (pertenezco al grupo de profesionales, según convenio) y que haciendo uso de su potestad de "ius variandi" me dio a entender que podían destinarme a donde quisieran, respetándome el salario y grupo profesional. Alegué que uno es "profesional" en su puesto, pero no en otro completamente diferente, pero el se mantuvo en sus trece, así que ya nos veremos las caras en el juicio. Si con estos datos me puedes aclarar algo más tu respuesta, te lo agradecería.
Con los pocos datos que nos das sobre el desacuerdo último es díficil hacer una valoración.
Pero no obstante, te diré que el art. 39 del Estatuto de los Trabajadores, en su apartado 3º establece que la movilidad funcional se efectuará sin menoscabo de la dignidad del trabajador y sin perjuicio de su formación y promoción profesional, teniendo derecho a la retribución correspondiente a las funciones que efectivamente realice, salvo en los casos de encomienda de funciones inferiores, en los que se mantendrá la retribución de origen.
En su apartado 2º la movilidad funcional para la realización de funciones no correspondientes al grupo profesional sólo será posible si existiesen razones técnicas u organizativas que la justificasen y por el tiempo imprescindible para su atención.
Por último, cuando la movilidad funcional es abusiva, injustificada, discriminatoria, vejatoria o perjudicial para el trabajador, éste puede reclamar contra la decisión empresarial, pudiendo incluso solicitar la resolución del contrato. en tal caso es el trabajador quien debe acreditar la existencia de alguna de las circunstancias indicadas para que pueda prosperar su reclamación.
Me imagino que tu abogado llevará bien preparado el tema y sabrá la petición concreta que puede ser la vuelta a tus funciones anteriores.
Trataré de exponer de forma concreta mi caso. Trabajo en carrefour desde 1998. En 03/00 me cambiaron al dpto de pedidos. Dicho dpto desapareció en 11/03. Yo he disfrutado todo este tiempo de turno fijo de mañana. A partir de 11/03 se crea un dpto nuevo (pool admvo.) que conlleva rotar el turno (una semana de mañana y otra de tarde). Denuncié a la eª y en la conciliación me dieron la razón, pero seguidamente me trasladaron a la recepción de pedidos, donde mis tareas principales son barrer el patio, descarga de camiones con carretilla elevadora, recoger los cartones y poco más. Les he vuelto a denunciar, por no estar de acuerdo con el cambio. En la conciliación no ha habido acuerdo, así que iremos a juicio.
Quisiera preguntaros qué perspectivas de solución véis.