Al margen de lo que diga la ley, ¿cómo sabría la policía que la dirección de tu DNI no es la residencia habitual? Si son razonables te dejarían ir. Aunuque teoría tu deber es empradonarte donde vives.
Quisiera informarme sobre una cuestión de vital importancia para mí. Como veo bastante probable que este otoño se imponga otro estado de alarma, me gustaría saber si en ese hipotético caso, se me permitiría regresar al lugar en el que estoy empadronado.
Aclaro que aunque estoy empadronado desde febrero en Galicia, vivo en Cataluña desde hace más de una década. Estoy esperando el despido del trabajo en breves para volverme a Galicia ( en Noviembre termino contrato )...si se decretase un estado de alarma en Barcelona a finales de Octubre ¿ Se me permitiría regresar en esas condiciones a Galicia o no ? ¿ Podrían ponerme alguna pega por estar empadronado fuera y residir en otro lugar la mayor parte del año ? Un saludo.
P.D: aclaro que también tengo DNI actualizado con dirección en Galicia.