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morosos comunidad

5 Comentarios
 
Morosos comunidad
08/12/2005 11:55
Tenemos 2 vecinos morosos en la comunidad.Hemos procedido a denunciar judicialmente.
Quisiera saber como van estos procesos y sobretodo si al final el juez le obligará a pagar, embargará alguna cta o encima se saldrán de rositas. ¿Como está la legislación en este aspecto?
08/12/2005 12:57
Hagan con abogado, para obtener condena en costas y embargo del piso o local.
El moroso paga todo
15/12/2005 20:07
Si, abogado ya tenemos pero quiero saber si se les obliga a pagar las cuotas q deben o solo les embargan parte piso.
Hemos tenido q pagar derrama para la denuncia.Este dinero se recupera?
Mi mayor duda es : es posible q se proceda a embargar la parte del piso de acuerdo a la deuda y esto solo afecte al momento en q kieran vender, es decir q se les deje aun seguir viviendo y acumulando más deuda allí ?
16/12/2005 11:38
Esta ultima es una pregunta bastante interesante.
Hasta cuanto se puede embargar una propiedad y si ese embargo es solo a efectos de anotacion preventiva en el Registro de la Propiedad y entonces de que forma se hace efectiva la deuda.
Esta es ya una pregunta especifica para letrados que hayan tenido casos de monitorios (y de ejecucion del mismo) que haya terminado en embargo.
Todos los foreros agradeceremos que nos cuenten casos reales en este sentido.
16/12/2005 20:51
En efecto Lexis, eso es justo lo q me interesa saber. Se q si el juez embarga del piso la parte q adeudan, en caso de kerer venderlo solo les hace falta un comprador q lo asuma pero puede durar esta situación años? hasta el punto en q tengamos q seguir demandandolos vete a saber si indefinidamente?Entonces no sé si apuntarme al carro de los morosos de comunidad!!!!
17/12/2005 12:48
La deuda genera intereses legales acumulables cada año. (Supuesto Interés legal 4,5 %):

Hoy debe 100,; al año 104,5 ; al año siguiente 109,2, ; al tercer año 114,11, etc..

Las costas también se van incrementando

La anotación de embargo en el Registro implica que es acreedor preferente.