Efectivamente, he dicho moroso por que ya había sido demandado anteriormente. Se han realizado varias obras en ascensores y elementos comunes y no ha pagado ninguna. Si ha cobrado subvenciones de la administración por el supuesto pago de las obras.
Para ser declarado moroso debe haber sido demandado y reclamada la deuda, si la comunidad no ha reclamado el pago no es moroso.
La primera condición de la administración para la concesión de ayudas o subvenciones es estar al corriente de pagos con la administración, (todo tipo de deudas ya sean de SS, ayuntamiento, hacienda, osea administración), las deudas de carácter privado ni influyen para la concesión de estas ayudas, subvenciones o lo que sea.
smo
Podría estar incurriendo en algún tipo de delito un propietario moroso que no paga su parte correspondiente a las obras de rehabilitación del edificio pero ha solicitado y cobrado las subvenciones ?