Hola, dispongo de una nave industrial que alquilé hace 10 meses con un contrato oficial, en el cual especifiqué que la renovación era anual e incluí una cláusula (por malas experiencias pasadas) en la que ponía que en caso de impago de un mes el contrato quedaba íntegramente rescindido. La cuestión es que el citado inquilino me debe 8 meses de alquiler mas sus 8 recibos de luz y sus correspondientes recibos de agua. Le notifiqué via burofax la situación de impago indicándole la cláusula que había firmado en contrato por impago. La cuestión es que se niega a irse, llevo 4 meses con ellos puestos en el juzgado pero no sale veredicto y ya estoy desesperado. ¿Puedo cambiarles la cerradura o algo así?. Mi abogado me ha dicho que sí que ellos están cometiendo estafa pero me gustaría tener una segunda opinión. Cortarles la luz es inviable ya que el costo de volver a darla de alta sería de unos 8000 € en reformas.
Mientras no haya sentencia firme de desahucio, le recomiendo que no se le ocurra cortarles algún suministro básico ni cambiarles la cerradura. (podrían demanarle a Vd. y sin duda ganarían)
Esa claúsula que Vd. incluyó no vale de mucho sin asentencia de desahucio.
Indague qué demanda ha presentado su Abogado porque recomendándole ese cambio unilateral de cerradura no es muy propio ni aconsejable, en serio.....
Gracias por tu pronta respuesta. En el caso de que no salga sentencia y dado que el contrato es el oficial renovable anualmente ¿cuánto tiempo antes tengo que avisarles de que no les renuevo?
En el caso de que llegado el año ellos sigan negandose a irse ¿también tengo que esperar sentencia para hecharlos?
Gracias