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Morosidad

2 Comentarios
 
Morosidad
15/11/2004 20:33
Gracias al Sr.Invitado por su contestacion a mi pregunta,pero que ocurre sino se tiene ninguna propiedad a nombre de mi persona y si ademas de ello actualmente se reside en el extanjero,que medidas se pueden tomar,puedo estar en busca y captura??me pueden detener al intentar regresar a mi pais???esta falta o delito???pescribe y en caso de hacerlo que responsabilidad tendre despues,una vez mas gracias por vuestra ayuda.
16/11/2004 09:29
Pues en este bendito país, amable foráneo moroso, está proscrita la PRISION POR DEUDAS...suerte que tiene....
No es cierto lo que dijo uno de nuestros clásicos (no hay plazo que no se cumpla -esto sí es cierto- ni deuda que no se pague....)
La prescripción y su plazo están recogidas en las leyes, tanto sustantivas (código civil principalmente) como procesales (ley de enjuiciamiento civil) de este país.
Este ciudadano de este país le invita amablemente a que pague las deudas que en este país tiene contraidas, y al menos tenga a bien consultar a un letrado DE ESTE PAIS para que le asesore, COBRANDO SUS HONORARIOS.
Al menos, así no serán todo deudas.
Vuelvase a su país, y si puede no regrese, nuestra balanza de pagos se lo agradecerá.
17/11/2004 09:57
Ah, y se me olvidaba...existe una, aunque por fortuna lejana para ud, sr. moroso, posibilidad de que se pueda aplicar la cooperación jurídica internacional, relativo a ejecución de sentencias civiles.
Así que no esté tan tranquilo, no vaya a tener algún día malas noticias (que para un compatriota mío serán buenas)
Adieu.