El monitorio segun la ley se puede interponer con cualquier documento que acredite la deuda..
A mi parecer con un simple presupuesto (si esta sin firmar) seria muy dificil ganarlo.. Xq no seria prueba suficiente
cuantos mas documentos tengas para acreditar la deuda mejor..
Gracias Reichel. Efectivamente, el presupuesto está sin firmar y solo sirve para acreditar la suma a reclamar. Lo que sí tengo, es la orden de reparación firmada por el cliente aunque ello no acredita el importe de dicha reparación.
La cuestión es que no se ha hecho factura para no el IVA de una factura que no se ha cobrado.
basti no hace falta q el documento que acredite la deuda sea la factura, puedes alegar que haces factura una vez que t han abonado el dinero. si tienes otros documentos que lo acrediten con firmas y algun testigo seria genial. por cierto de que cantidad hablamos?un saludo
La cuantía es de 7.546 euros y tengo el presupuesto de reparación sin firmar por un lado, y por otro la orden de reparación firmada por el cliente. En cuanto, al testigo sería un trabajador de la empresa acreedora. Gracias, de antemano por tu interes.
bueno, no estaria mal pero ten en cuenta que no tiene la misma credibilidad la testifical de su propio trabajador que d un desconocido. pero intenta recopilar todas puebas que puedas y tengas. por ejemplo personas que los vio trabajar alli.
tambien decirte que es una cantidad bastante elevada, podrias pensar en interponer otro procedimieto ya que el monitorio no es en todos los casos eficaz. la persona esta localizada? en que localidad se interpondra la demanda?
Creo que tienes razón y voy a optar por el declarativo ordinario según la cuantía reclamada, pero el fondo de la duda es si podría poner un monitorio con un presupuesto, al no existir factura. Gracias