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Monitorio

2 Comentarios
 
Monitorio
12/07/2007 17:21
Hola a todos. Según el art. 32.5 LEC no se impondrán las costas en aquellos procedimientos en los cuales la postulación procesal no sea preceptiva, salvo que se aprecie temeridad del demandado... Mi cuestión es: en la petición de un monitorio, podría solicitar que se impusieren las costas al demandado alegando temeridad en su conducta por el hecho de no haber atendido al pago de la deuda tras habérsela reclamado mediante burofax debidamente?

Saludos
12/07/2007 17:59
Yo entiendo que no.
Para mi la peticion inicial de procedimiento monitorio es un requerimiento judicial de pago.
Las costas que se devengarian serían a partir del auto despachando ejecución

SALVO MEJOR Y CALUROSO CRITERIO
SALU2
SAMPLERKING
ICAM
12/07/2007 18:14
Ok. Pero imagina el caso que el deudor paga dentro del requerimiento de 20 días otorgado por el Juez.... No se podría entender que existe temeridad al no haber procedido al pago requerido mediante burofax, y obligando al actor a interponer reclamación judicial?

Otra cuestión: cuando es una persona jurídica quien interpone un monitorio, como redactáis el encabezamiento??

AL JUZGADO

Don....., representante de la entidad........., con DNI......, domicilio........, etc...

Cuando indicáis que se aporta la escritura de poder en la que consta debidamente la representación del actor? en el encabezamiento? Cómo lo hacéis vosotros?

Gracias compañeros