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Monitorio

2 Comentarios
 
22/09/2006 12:41
Entiendo que es una accion personal, plazo de prescripcion 15 años a falta de datos y

salvo mejor criterio
salu2
samplerking
perfil Jan
22/09/2006 12:37
Hola trici27.Imagino que el plazo de 5 años que citas será el de prescripción extintiva de acciones del art 1966 del Código Civil. Por favor, aclálaro.

Un saludo.
Monitorio
22/09/2006 10:50
Hola a todos: Tengo que presentar un monitorio y me ha surgido una duda a ver si podeis ayudarme. El plazo para reclamar la deuda que provenga del impago de facturas a través del monitorio es de 5 años o no hay plazo?. Si no puedo presentarlo a traves de monitorio pk ha pasado el plazo de 5 años puedo presentar una demanda de juicio verbal u ordinario dependiendo de la cantidad? Muchas gracias