Asisto a un monitorio en el que ha habido oposición, valor inferior a 2000 euros, como actor y en propia defensa. La vista se celebra es localidad distinta a mi residencia. ¿ Los gatos que tenga por el desplazamiento al lugar del juicio, cuando y cómo los reclamo?. ¿ En la misma vista?
Gracias por tu respuesta Law. La vista ya se ha celebrado. La Sra. Juez me rechazó las facturas que presenté justificando los gastos de desplazamiento. Dijo que no procedían.Formulé protesta, pero...como la cuantía era inferior a 2000 euros....me quedo sin ello y sin la posibilidad de recurrir, porque aunque resulte condena en costas, esos gastos no tienen el concepto de costas ¿verdad?
En los monitorios no hay condena en costas porque para su solicitud inicial no hace falta ni abogado ni procurador, otra cosa es la oposicion que si es por cuantia superior a 2.000 € si hace falta abogado y procurador.
Las cantidades que solicitabas por desplazamiento no le veo encaje legal.
Ese articulo hace referencia a que, en principio, si llevas a un pleito que no hace falta abogado y procurador sus minutas no entran en la condena en costas.
Con dos excepciones ( quiere decir que sí entrarían en las costas): Que se aprecie temeridad en el condenado en costas o que el domicilio de la parte representada y defendida este en lugar distinto de donde se ha tramitado en juicio, pero se refiere a que las minutas de abogado y procurador en este caso SI ENTRARIAN EN UNA EVENTUAL TASACION DE COSTAS no a que tu reclames tus gastos de desplazamiento personales, al menos es como yo lo entiendo, un saludo
Es dificil de aceptar que en la mens legislatoris en las normas sustantivas y procesales, lata el que, el vencedor en un juicio al que se obliga a acudir ( pj. el caso de la oposición en el monitorio) sufrague de su bolsillo los gastos ( daños y perjuicios) que se le causen por desplazamientos y estancia en el lugar del juicio. De ser así, muchas victorias en juicio serían victorias pírricas
Al igual que Law, yo no lo veo así