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Monitorio y deuda superior a 30.000 euros

5 Comentarios
 
04/10/2006 17:48
Vamos a hacer un poco de tele-pleito.
Yo me iría a un ordinario directamente si considero que las facturas están correctas (p.e. si provienen de entrega de mercancias que tengas los albaranes de entrega firmados, si proceden de ejecucion de obra que tengas presupuestos firmados y tengas la plena certeza de que la obra se encuentra correctamente ejecutada..etc). Asimismo planteate la posibilidad de que la factura se encuentre correctamente contabilizada (para el caso de que te planteen en el ordinario la prueba de libros)
Pero en todo caso las excepciones mas comunes que te podrían plantear ante una factura impagada son pago, que el precio no haya sido el convenido (pluspetición), y excepción de cumplimiento defectuoso (muy común en el caso de contrato de obras o arrendamientos de servicios)

SALVO MEJOR CRITERIO
SALU2
SAMPLERKING
ICAM
04/10/2006 17:44
A mi entender no tienes más remedio que ir al Ordinario, en otro caso lo único que conseguirás es perder tiempo y dinero, dado que es más que seguro que se opondrán y además el fraude de derecho será fácil de demostrar si lo fraccionas y eso no te ayudará en nada cara al juzgado.
04/10/2006 17:36
Samplerking, gracias por tu rapida ayuda. Puede ser que tenga que trabajar dos veces, pero si no se opone, luego acumulo y creo que al reves ahorro tiempo.

Además si se opone a los dos, también puedo pedir la acumulación ¿no?

Intuyo con tu respuesta que me planteas ir directamente a juicio ordinario ¿no? . ¿Si existen facturas no crees más fácil el monitorio?
04/10/2006 17:35
Si proceden de la misma causa te pedirán la acumulación y la excepción de procedimiento.

Vete un ordinario pq al fin y al cabo, si se oponen, terminarás en un ordinario igualmente.
04/10/2006 17:32
¿Y porque trabajar dos veces, y si me apuras cuatro si fraccionas el monitorio en dos y te plantean oposicion a las dos?

SALVO MEJOR CRITERIO
SALU2
SAMPLERKING
ICAM
Monitorio y deuda superior a 30.000 euros
04/10/2006 17:28
Tengo que reclamar por una cuantía superior a los 30.000 euros. No sé si se considera fraude presentar dos monitorios fraccionando esa deuda. ¿Puedo fraccionar la deuda de manera que cada monitorio sea por una cantidad inferior a 30.000 € o debo irme al juicio ordinario obligatoriamente?